EMPRESA CONSTRUCTORA GUZMÁN Y LARRAÍN SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de agosto de 2025
- Repertorio
- 5460-2025
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la construcción, ejecución, edificación de cualquier tipo de obras civiles materiales inmuebles, ya sea que éstas se realicen en forma directa o a través de otras personas; a suma alzada o por administración; tales como puentes, caminos, edificios. viviendas. galpones. construcciones de proyectos de servicio público u otros de cualquier tipo; la ejecución en la misma forma recién señalada de obras de servicios, tales como: de urbanización, alcantarillado, agua potable, pavimentación, electricidad, la reparación, refacción, remodelación, reacondicionamiento, ornamentación de los bienes inmuebles antes mencionados, sea que éstos se encuentren en terrenos propios o ajenos, y se ejecuten por cuenta propia o de terceros, desarrollo inmobiliario, arriendo de bienes inmuebles y en general, todos aquellos rubros que se relacionen directa o indirectamente con la construcción y edificación y con negocios inmobiliarios en general, todo aquello sin perjuicio de las demás actividades que los socios acuerden."
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la 26º Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3196, Las Condes, certifico: con fecha 18 de agosto de 2025, se redujo a escritura pública ante mí, Repertorio Nº 5.460-2025, el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de EMPRESA CONSTRUCTORA GUZMÁN Y LARRAÍN SpA, celebrada ante el Notario Titular, con fecha 11 de agosto del mismo año, en que, por unanimidad de las acciones emitidas, según registro de accionistas que he tenido a la vista, se modificó la sociedad EMPRESA CONSTRUCTORA GUZMÁN Y LARRAÍN SpA, inscrita a fojas 11.402, número 6.342 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1981. Modificación consiste en reducir el objeto de la sociedad eliminando del actual objeto los servicios de seguridad relacionados con la actividad de construcción. En virtud de lo anterior, se modifica el artículo quinto permanente de los estatutos sociales, el cual se reemplaza por el siguiente: "Artículo Quinto. Objeto. El objeto de la Sociedad será la construcción, ejecución, edificación de cualquier tipo de obras civiles materiales inmuebles, ya sea que éstas se realicen en forma directa o a través de otras personas; a suma alzada o por administración; tales como puentes, caminos, edificios. viviendas. galpones. construcciones de proyectos de servicio público u otros de cualquier tipo; la ejecución en la misma forma recién señalada de obras de servicios, tales como: de urbanización, alcantarillado, agua potable, pavimentación, electricidad, la reparación, refacción, remodelación, reacondicionamiento, ornamentación de los bienes inmuebles antes mencionados, sea que éstos se encuentren en terrenos propios o ajenos, y se ejecuten por cuenta propia o de terceros, desarrollo inmobiliario, arriendo de bienes inmuebles y en general, todos aquellos rubros que se relacionen directa o indirectamente con la construcción y edificación y con negocios inmobiliarios en general, todo aquello sin perjuicio de las demás actividades que los socios acuerden.". Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de agosto de 2025.