MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Comercial e Inversiones Patagonia SpA

RUT 76410754-3 CVE 2694844
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
28 de agosto de 2025
Notaría
Puerto Varas

Instrumento

Fecha
28 de agosto de 2025
Repertorio
1417/2025
Notario
SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
Oficio
Tercera Notaría de Puerto Varas
Comuna
Puerto Varas

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 28/08/2025, repertorio N°1417/2025, ante mí: Lizandro Hernán Castro Salinas, domiciliado en Avenida Centenario número 1720, comuna de Puerto Varas, región de Los Lagos, modificó la sociedad “Comercial e Inversiones Patagonia SpA”, inscrito a fojas 323, número 319 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año 2014, en los siguientes sentidos: A) Aumento de capital de $100.000.000 emitiendo 200.000 nuevas acciones, por un valor de $500 cada una, que se suscribirán y pagarán de acuerdo a lo indicado en la escritura. B) Se reemplaza artículo quinto de los estatutos: El capital de la sociedad asciende a la suma de $105.000.000, dividido en un total de 210.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en los artículos transitorios de los Estatutos. C) Se reemplaza el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos: El capital de la Sociedad es la suma de $105.000.000 de pesos, dividido en 210.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal. Don Lizandro Hernán Castro Salinas suscribió y pagó en el acto de constitución de la sociedad, la cantidad de 10.000 acciones. Don Lizandro Hernán Castro Salinas, suscribe y paga 136.000 acciones, mediante el aporte en dominio de un inmueble que el socio avalúa en la suma de en la suma $68.000.000 de pesos. De esta manera quedan por pagar $32.000.000 del capital social, los que deberán ser enterados dentro del plazo de 1 año contado desde la fecha del presente instrumento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 29 de agosto de 2025.