MINERA CUARZOLISTO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de agosto de 2025
- Notario
- XIMENA SCHMALFELDT RICCI
- Oficio
- Primera Notaría y Conservador de Minas de esta ciudad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalXIMENA SCHMALFELDT RICCI, Abogado y Notario Público Interino de la Primera Notaría y Conservador de Minas de esta ciudad, con oficio en Avenida Barros Luco número mil setecientos cuarenta y nueve, certifico: Por escritura pública de fecha 25 de agosto de 2025 comparecieron ante mí: ERIKA DEL PILAR OYARZUN CARO, CRISTOBAL EMILIO BORQUEZ OYARZÚN, JUAN CARLOS BORQUEZ OYARZÚN, PALOMA BELEN BORQUEZ OYARZUN, y PATRICIA IGNACIA BORQUEZ VALENCIA, todos domiciliados en Avenida Chile ciento treinta y uno, Llo-Lleo, San Antonio, y exponen que vienen en modificar la sociedad MINERA CUARZOLISTO LIMITADA, constituyó por escritura pública de fecha veinte de junio de dos mil veintitrés, otorgada ante notario de San Antonio don Jenson Aaron Kriman Núñez, bajo la razón social “MINERA CUARZOLISTO LIMITADA”, nombre de fantasía “CUARZOLISTO LTDA.”, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial número cuarenta y tres mil quinientos ochenta y ocho, de fecha veintinueve de Junio de dos mil veintitrés, e Inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de San Antonio a fojas doscientos trece, número ciento veinticuatro del Registro de Comercio del año dos mil veintitrés. Capital de la sociedad es la suma de dos millones quinientos mil pesos. La sociedad tiene el rol único tributario setenta y siete millones setecientos noventa mil seiscientos sesenta y tres guion uno. Venta de Derechos Sociales. Uno. Por este acto la socia doña PALOMA BELEN BORQUEZ OYARZUN, declara que vende, cede y transfiere a la compareciente doña ERIKA DEL PILAR OYARZUN CARO, quien declara comprar y adquirir para sí, el veinte por ciento de derechos sociales que la vendedora tiene en “La Sociedad”, en la suma de un millón de pesos, que se paga en este acto al contado y dinero efectivo, declarando el socio vendedor que recibe dicho dinero a conformidad; Dos. Por este acto el socio don JUAN CARLOS BORQUEZ OYARZUN, declara que vende, cede y transfiere a la compareciente doña ERIKA DEL PILAR OYARZUN CARO, quien declara comprar y adquirir para sí, el veinte por ciento de derechos sociales que la vendedora tiene en “La Sociedad”, en la suma de un millón de pesos, que se paga en este acto al contado y dinero efectivo, declarando el socio vendedor que recibe dicho dinero a conformidad; y Tres. Por este acto la socia doña PATRICIA IGNACIA BORQUEZ VALENCIA, declara que vende, cede y transfiere al compareciente don CRISTOBAL EMILIO BORQUEZ OYARZÚN, quien declara comprar y adquirir para sí, el veinte por ciento de derechos sociales que la vendedora tiene en “La Sociedad”, en la suma de un millón de pesos, que se paga en este acto al contado y dinero efectivo, declarando el socio vendedor que recibe dicho dinero a conformidad. Resciliación: Uno. Por escritura pública de fecha catorce de Agosto de dos mil veinticuatro, otorgada ante doña Ximena Ricci Díaz, Notario Público de San Antonio, el socio Juan Carlos Bórquez Concha, vendió, cedió y transfirió sus derechos en la sociedad, a la socia doña Erika Del Pilar Oyarzun Caro. Extracto de esta cesión de derechos fue publicado en el Septiembre de dos mil veinticuatro, y se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de San Antonio a fojas trescientos cincuenta y dos, número ciento ochenta y cuatro, del año dos mil veinticuatro. Dos. Por este acto los comparecientes ya individualizados, vienen en resciliar y dejar sin efecto, en todas sus partes, la escritura pública de fecha catorce de Agosto de dos mil veinticuatro, otorgada ante doña Ximena Ricci Díaz, Notario Público de San Antonio, citada en el número Uno precedente, toda vez que la venta o cesión derechos contenida en dicha escritura, se efectuó sin requerir el consentimiento expreso y unánime de los demás socios de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Antonio a 26 de Agosto de 2025.