TURISMO ESTANCIA CERRO PAINE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de agosto de 2025
- Repertorio
- 929-2025
- Comuna
- Público Titular de la Notaria y
Sociedad
- Capital
- $216.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Punta Arenas. (c)
- Duración
- La Sociedad rige desde su constitución y hasta el día 31 de diciembre de 2050, duración prorrogable tácita y automáticamente por períodos de 10 años cada uno, salvo que uno cualquiera de los Socios notifique a los otros de su decisión de no prorrogar la vigencia por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción social con a lo menos 6 meses de anticipación. (f)
Objeto social
(i) Diseñar, proyectar, administrar y construir todo tipo de proyectos inmobiliarios, turísticos o de otra especie; (ii) Concesionar, arrendar entregar o dar en uso bajo cualquier forma o modalidad, inmuebles de todo tipo, incluidos los por adherencia, sea por cuenta propia o de terceros; (iii) Desarrollar, por sí o por terceros, todo tipo de proyectos de turismo en bienes propios o ajenos; (iv) La prestación de todo tipo de servicios de turismo, transporte marítimo, aéreo, terrestre, fluvial o lacustre, de personas o carga en general; (v) la explotación de todo tipo de establecimientos de turismo, restaurantes, espectáculos, eventos deportivos y recreación; (vi) Efectuar inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales, acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro; (vii) Adquirir enajenar, arrendar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; (viii) la adquisición, enajenación y arrendamiento y explotación a cualquier título de todo tipo de maquinarias, autos, camionetas, camiones y vehículos en general; (ix) El transporte, por cualquier vía, de mercaderías de todo tipo, ya sea en vehículos propios o ajenos, manipulación de la carga, servicios de almacenamiento y depósito; (x) La ejecución de cualquier otra actividad o negocio que los socios acuerden realizar, se relacione o no con el objeto social y sin limitaciones de ningún tipo, salvo las legales. (d)
Administración
La administración y uso de la razón social corresponde a “Sociedad Administradora Las Torres Patagonia SpA” por medio de sus representantes legales con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERBERT J. MUNDY CASANOVA, abogado, Notaria Público Titular de la Notaria y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Ultima Esperanza, con oficio en Puerto Natales, ubicado en calle Carlos Bories N°454, oficina C, ciudad de Puerto Natales, certifica que: Por escritura pública de fecha 13 de agosto de 2025, bajo el repertorio Nº 929-2025, ante mí, comparecieron: (1) JOSIAN YAKSIC KUSANOVIC (“JYK”), por sí y en representación especial del Grupo Olimpo, de la sociedad INVERSIONES JYK SpA (“INV. JYK”), de LILIANA KUSANOVIC MARUSIC (“LKM”), y de SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA OLIMPO LIMITADA (“OLIMPO”); (2) KEVIN MAC-LEAN KUSANOVIC, en representación especial del Grupo Natalis, de VESNA NEDJELCA KUSANOVIC MARUSIC (“VKM”), y de INVERSIONES E INMOBILIARIA NATALIS SpA (“NATALIS”); (3) MAURICIO JAIME KUSANOVIC MARUSIC (“MKM”), por sí y en representación especial del Grupo MKM; (4) MAURICIO KRISTIAN KUSANOVIC OLATE, en representación especial del Grupo MAKN y de INVERSIONES MAK LIMITADA (“MAK”); (5) BOSSY RADOSLAV KUSANOVIC MAC-LEOD, en representación especial del Grupo JAK, de JOSÉ ANTONIO KUSANOVIC MARUSIC (“JAK”) y de INVERSIONES E INMOBILIARIA KUSANOVIC MAC-LEOD LIMITADA (“MAC-LEOD”), todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Colón Nº 1131, comuna y ciudad de Punta Arenas, y de paso en ésta, en su calidad de únicos y actuales socios de “TURISMO ESTANCIA CERRO PAINE LIMITADA”, rol único tributario número 76.211.752-5, inscrita a fojas 282 vuelta, número 248, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas del año 2012 (la “Sociedad”), quienes acordaron lo siguiente: (1) APORTE DE PARTICIPACIONES A INVERSIONES JYK SpA. Por razones que se citan en la escritura, el socio JYK aportó toda su participación en la Sociedad, esto es, el 5,85% de los derechos sociales a INV. JYK, lo que es aceptado expresamente por todos los socios. Como consecuencia de lo anterior, ingresa a la Sociedad “INVERSIONES JYK SpA” y se retira el socio JYK.- (2) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, los actuales y únicos socios, esto es, JAK, LKM, MKM, VKM, MACLEOD, OLIMPO, MAK, NATALIS y INV. JYK (en adelante, los “Socios”), acuerdan modificar el Artículo Quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo íntegramente por el siguiente texto: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $216.000.000 el cual se encuentra enterado con anterioridad a esta fecha por sus socios en las siguientes proporciones: (i) el señor JOSÉ ANTONIO KUSANOVIC MARUSIC con un 5,3% aproximadamente de los derechos sociales; (ii) la señora LILIANA KUSANOVIC MARUSIC con un 5,3% aproximadamente de los derechos sociales; (iii) el señor MAURICIO JAIME KUSANOVIC MARUSIC con un 5,3% aproximadamente de los derechos sociales; (iv) la señora VESNA NEDJELCA KUSANOVIC MARUSIC con un 5,3% aproximadamente de los derechos sociales; (v) la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA KUSANOVIC MACLEOD LIMITADA con un 18,24% aproximadamente de los derechos sociales; (vi) SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA OLIMPO LIMITADA con un 18,24% aproximadamente de los derechos sociales; (vii) INVERSIONES E INMOBILIARIA NATALIS SpA con un 18,24% aproximadamente de los derechos sociales; (viii) la sociedad INVERSIONES MAK LIMITADA con un 18,24% aproximadamente de los derechos sociales; y (ix) la sociedad INVERSIONES JYK SpA con un 5,85% aproximadamente de los derechos sociales”. Los Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes.- (3) OTRAS MODIFICACIONES DE ESTATUTOS. Los Socios acuerdan lo siguiente: (a) modificar la administración de la Sociedad, en sentido de reemplazar la actual administración por la “Sociedad Administradora Las Torres Patagonia SpA”, para que esta, a través de su directorio y los apoderados de su estructura de poderes, puedan ejercer la administración de la Sociedad; (b) modificar la duración de la Sociedad, reemplazando la actual duración por un plazo de 25 años, esto es, hasta el día 31 de diciembre de 2050, con renovaciones tácitas y sucesivas de 10 años cada una; (c) otras modificaciones que no son materia de extracto.- (4) REPACTACIÓN DE ESTATUTOS. En virtud de lo anterior y otras modificaciones de las que ha sido objeto la Sociedad, los Socios acuerdan repactar los estatutos sociales, de los cuales se extracta lo siguiente: (a) RAZÓN SOCIAL. “TURISMO ESTANCIA CERRO PAINE LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “ESTANCIA CERRO PAINE” (b) DOMICILIO. Ciudad de Punta Arenas. (c) OBJETO. (i) Diseñar, proyectar, administrar y construir todo tipo de proyectos inmobiliarios, turísticos o de otra especie; (ii) Concesionar, arrendar entregar o dar en uso bajo cualquier forma o modalidad, inmuebles de todo tipo, incluidos los por adherencia, sea por cuenta propia o de terceros; (iii) Desarrollar, por sí o por terceros, todo tipo de proyectos de turismo en bienes propios o ajenos; (iv) La prestación de todo tipo de servicios de turismo, transporte marítimo, aéreo, terrestre, fluvial o lacustre, de personas o carga en general; (v) la explotación de todo tipo de establecimientos de turismo, restaurantes, espectáculos, eventos deportivos y recreación; (vi) Efectuar inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales, acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro; (vii) Adquirir enajenar, arrendar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; (viii) la adquisición, enajenación y arrendamiento y explotación a cualquier título de todo tipo de maquinarias, autos, camionetas, camiones y vehículos en general; (ix) El transporte, por cualquier vía, de mercaderías de todo tipo, ya sea en vehículos propios o ajenos, manipulación de la carga, servicios de almacenamiento y depósito; (x) La ejecución de cualquier otra actividad o negocio que los socios acuerden realizar, se relacione o no con el objeto social y sin limitaciones de ningún tipo, salvo las legales. (d) CAPITAL. La suma de $216.000.000, íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha por: (i) el señor JOSÉ ANTONIO KUSANOVIC MARUSIC con un 5,3% aproximadamente de los derechos sociales; (ii) la señora LILIANA KUSANOVIC MARUSIC con un 5,3% aproximadamente de los derechos sociales; (iii) el señor MAURICIO JAIME KUSANOVIC MARUSIC con un 5,3% aproximadamente de los derechos sociales; (iv) la señora VESNA NEDJELCA KUSANOVIC MARUSIC con un 5,3% aproximadamente de los derechos sociales; (v) la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA KUSANOVIC MACLEOD LIMITADA con un 18,24% aproximadamente de los derechos sociales; (vi) SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA OLIMPO LIMITADA con un 18,24% aproximadamente de los derechos sociales; (vii) INVERSIONES E INMOBILIARIA NATALIS SpA con un 18,24% aproximadamente de los derechos sociales; (viii) la sociedad INVERSIONES MAK LIMITADA con un 18,24% aproximadamente de los derechos sociales; y (ix) la sociedad INVERSIONES JYK SpA con un 5,85% aproximadamente de los derechos sociales. Los Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. (e) DURACIÓN. La Sociedad rige desde su constitución y hasta el día 31 de diciembre de 2050, duración prorrogable tácita y automáticamente por períodos de 10 años cada uno, salvo que uno cualquiera de los Socios notifique a los otros de su decisión de no prorrogar la vigencia por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción social con a lo menos 6 meses de anticipación. (f) ADMINISTRACIÓN. La administración y uso de la razón social corresponde a “Sociedad Administradora Las Torres Patagonia SpA” por medio de sus representantes legales con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Puerto Natales, 21 de agosto de 2025.