LOGIC INFORMATION SYSTEMS CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de agosto de 2025
- Repertorio
- 11779-2025
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $284.400.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 979, oficina 501, Santiago, certifico que: Mediante escritura pública de fecha 14 de agosto 2025, otorgada ante mí, bajo el repertorio N°11.779-2025, LOGIC INTERNATIONAL LLC, en su calidad de único accionista de la sociedad LOGIC INFORMATION SYSTEMS CHILE SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 23.378, número 11.825 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019, acordó, entre otras materias no susceptibles de extracto: (I) Aumentar el capital social en la suma de CLP $284.400.000, mediante la emisión de 284.400.000 nuevas acciones de pago, esto es, desde su monto actual de CLP $94.100.000, dividido en 94.100.000 acciones ordinarias nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, al monto de CLP $378.500.000, dividido en 378.500.000 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y de igual valor. La totalidad de las nuevas acciones de pago que se emiten deberán quedar totalmente suscritas y pagadas dentro del plazo de tres años. (II) En virtud de los precedentes acuerdos, se acordó modificar el Artículo Cuarto y el Artículo Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: “Artículo Cuarto Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de trescientos setenta y ocho millones quinientos mil pesos, dividido en trescientos setenta y ocho millones quinientos mil acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Los aportes no consistentes en dinero deberán ser estimados por los accionistas y, en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Las acciones que emita la Sociedad se ofrecerán y colocarán al precio que determinen libremente los accionistas o quien fuere delegado al efecto de ellos. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas o quien fuere delegado al efecto por ellos. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas y estos tendrán derecho de opción preferente a suscribir las nuevas acciones en proporción a su participación accionaria al día hábil previo al acuerdo de aumento de capital.”. “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad, que asciende a la suma de trescientos setenta y ocho millones quinientos mil pesos, dividido en trescientos setenta y ocho millones quinientos mil acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado, de acuerdo a lo indicado a continuación: /a/ LOGIC INTERNATIONAL LLC es titular de trescientos setenta y ocho millones quinientos mil acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, equivalentes a la suma de trescientos setenta y ocho millones quinientos mil pesos, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de Agosto de 2025.