CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

LEGALIZA SpA

CVE 2694017
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
26 de agosto de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de agosto de 2025
Repertorio
83957-2025
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifica: por escritura pública otorgada ante mí con fecha 26 de agosto de 2025, bajo el Repertorio N°83.957-2025, NGG Inversiones SpA, Sistemas de Impresión Digital SpA y CMJ Inversiones SpA, constituyeron sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Nombre: El nombre de la sociedad será “LEGALIZA SpA”.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto: (a) La prestación de servicios, asesorías y consultorías en desarrollo de software, programación, desarroll o y diseño web, internet, multimedia; (b) El desarrollo y ejecución de proyectos de comunicación digital, y todo proyecto relacionado con ingeniería informática, marketing digital, redes sociales, soporte de datos en plataformas móviles e internet; (c) La digitalización, asesorías en gestión documental, comercialización de activos, venta al por mayor y menor de artículos tecnológicos, la adquisición y desarrollo de elementos que requiera la ejecución de los fines anteriores; (d) La ejecución de todos los ac tos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 dividido en mil acciones nominativas, ordinarias, todas de una misma serie y valor, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 28 de agosto de 2025.