MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES RANCO LIMITADA

RUT 76275943-8 CVE 2693596
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de agosto de 2025

Instrumento

Fecha
26 de agosto de 2025
Repertorio
48846/2025
Notario
PABLO MARTINEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaria

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5841, comuna de La Reina, certifico que: Por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2025, repertorio N° 48.846/2025, otorgada ante mí: Bradford Hill SpA, domiciliada en Avenida Manquehue Norte N° 444, depto 403, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Rodrigo Andrés Reyes Ossandón y Asesoría e Inversiones Victoria SpA, ambos domiciliados en calle Badajoz N° 100, oficina 523, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES RANCO LIMITADA (en adelante, la “Sociedad”), RUT N° 76.275.943-8, inscrita a fojas 19.021, N° 13.338 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, en los siguientes términos: 1. Rodrigo Andrés Reyes Ossandón vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos en la Sociedad equivalentes al 1% de los derechos en el capital social, a la sociedad Asesoría e Inversiones Victoria SpA. 2. Como consecuencia de lo anterior, ingresa como nueva socia a la Sociedad, Asesoría e Inversiones Victoria SpA y se retira Rodrigo Andrés Reyes Ossandón. 3. Los actuales y únicos socios de la Sociedad, Bradford Hill SpA y Asesoría e Inversiones Victoria SpA, acordaron reemplazar el artículo sexto del estatuto social, por el siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, que los socios han aportado y pagado como sigue: a) Bradford Hill SpA aportó y pagó la suma de $9.900.000, equivalente al 99% del capital social; y, b) La sociedad Asesoría e Inversiones Victoria SpA aportó y pagó la suma de $100.000, equivalente al 1% del capital social. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de agosto de 2025.