MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INGENIERIA Y SERVICIOS NETLAND LIMITADA

RUT 76212150-6 CVE 2693427
Fecha instrumento
27 de agosto de 2025
Notaría
San Miguel con asiento

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2025
Repertorio
316/2025
Notario
ÁLVARO SANHUEZA TASSO
Oficio
Quinta Notaria de San Miguel con asiento en La Cisterna
Comuna
San Miguel con asiento

Sociedad

Ley aplicable
Ley N° 19.499.

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INGENIERÍA Y SERVICIOS NETLAND LIMITADA socio 76212150-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SANEAMIENTO “INGENIERIA Y SERVICIOS NETLAND LIMITADA” ÁLVARO SANHUEZA TASSO, Notario Público Titular de la Quinta Notaria de San Miguel con asiento en La Cisterna, oficio ubicado en General Freire número cincuenta y cinco, comuna de La Cisterna, certifica: Por escritura pública repertorio número 506-2025, otorgada el día 27 de agosto de 2025, ante mí; compareció: Don VÍCTOR HUGO HENRÍQUEZ ULLOA, C.I. N° 6.745.345-K, por sí y en representación de don FELIPE IGNACIO HENRÍQUEZ ENSEMEYER, C.I. N° 18.169.460-2, y de doña MACARENA PAZ ESPINOZA OLIVIA, C.I. N° 14.145.013-1, todos socios de la sociedad INGENIERÍA Y SERVICIOS NETLAND LIMITADA, RUT N° 76.212.150-6, constituida por escritura pública de fecha 6 de diciembre de 2004, otorgada ante el Notario de Santiago don Humberto Santelices Narducci, inscrita a fojas 41.295 N° 30.689 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2004, y publicada en el Diario Oficial de 7 de enero de 2005. Los comparecientes declararon: Que con fecha 16 de mayo de 2025 otorgaron las escrituras públicas Repertorio N° 316/2025 (resciliación de contrato de cesión de derechos) y Repertorio N° 317/2025 (modificación social de la sociedad). Que los extractos de dichas escrituras fueron inscritos y/o publicados fuera del plazo legal, configurándose un vicio formal de nulidad, conforme al artículo 4 de la Ley N° 19.499. Que, en virtud de lo anterior, y al amparo de la citada ley, proceden a sanear expresamente el referido vicio de nulidad, declarando la plena vigencia, validez y eficacia jurídica de las escrituras individualizadas, como si hubieren sido oportunamente inscritas y publicadas. Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, veintisiete de agosto de 2025.- Álvaro Sanhueza Tasso, Notario Público Titular.