MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE TRANSPORTES TRES SOLES LIMITADA

RUT 76366828-2 CVE 2692686
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de agosto de 2013

Instrumento

Fecha
23 de agosto de 2013
Repertorio
803-2025

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

En Molina, a veintiséis de agosto del año 2025, ante mí, BERNARD DEBEUF PONCE DE LEÓN, Notario de la comuna de Molina, con oficio en calle independencia número dos mil uno, Molina, certifico: Por escritura de hoy, Repertorio N° 803-2025, Don don SEBASTIÁN ALFONSO CONTRERAS LÓPEZ, chileno, soltero, mecánico, cédula nacional de identidad número 17.508.928-4, y doña MARÍA SOLEDAD QUIROZ RÍOS, chilena, soltera, trabajadora dependiente, cédula nacional de identidad número 17.819.763-0, ambos comparecientes domiciliados en Avenida Luis Cruz Martínez número tres mil quinientos ochenta y uno, de la comuna de Molina, provincia de Curicó, región del Maule; Los comparecientes modifican “SOCIEDAD DE TRANSPORTES TRES SOLES LIMITADA”, RUT Nº 76.366.828-2, constituida escritura pública con fecha 23 agosto 2013, ante Notario Público de Curicó don Fernando Salazar Sallorenzo, inscrita a fojas 103, número. 69, en el Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Molina del año 2013; en el siguiente sentido: Se modifica, Uno) la cláusula segunda del pacto social: El objeto de la sociedad será: a) Transporte de carga por carretera, así como también transporte y distribución de cargas y materias primas a nivel nacional o internacional , en vehículos de carga liviana y pesada, propios o arrendados, reparación de vehículos propios y de terceros, compra y venta de repuestos y servicios relacionados; b) La comercialización, importación, exportación, distribución, arrendamiento y explotación de todo tipo de vehículos motorizados o no, a cualquier título, de todo tipo de transporte de carga o de pasajeros, de maquinarias, de accesorios y en general, de toda clase de bienes de capital, sean estos nuevos o usados, propios o ajenos, de la misma manera, la sociedad podrá tomar representaciones y concesiones de empresas internacionales; c) Prestación de servicios de remolque, asistencia, y arrastre de vehículos, traslado de automóviles, camiones, autobuses y maquinaria pesada; asistencia en carretera, servicios de arranques forzados, cambios de neumáticos y cualquier tipo de asistencia en ruta que sea requerida; servicios de recuperación y rescate de vehículos para bancos u otras instituciones financieras, así como para subastas y remates; Prestación de Servicios a gobiernos locales y/o regionales y cualquier tipo de institución pública o privada, para remolcar vehículos abandonados o mal estacionados, o que se ordenen ser retirados por la autoridad correspondiente.; servicios de carga y descarga de mercancias y maquinaria de todo tipo; transporte de mercancias por carretera; d) Adquirir, vender, edificar, arrendar, explotar, administrar y enajenar, a cualquier título, bienes raíces, los cuales podrán ser destinados a estacionamientos, bodegas, taller de reparación y/o mantención o cualquier otro destino que determine la sociedad; Del mismo modo, la sociedad podrá dar éstos en arrendamiento o en otra forma de cesión temporal de su uso y goce; importar bienes, prestar o arrendar servicios, contratar financiamiento para su giro. e) Prestar servicios de mantenimiento y reparación de instalaciones de aparcamiento y/o estacionamiento, tales como estructuras, equipos, sistema de iluminación, sistemas de seguridad y sistema de pagos; f) Desarrollo e implementación de software destinados a mejorar la eficiencia de aparcamiento, sistemas de reserva online, aplicaciones móviles, pago sin contacto, y cualquier otro mejoramiento que el sistema de implementación de reserva requiera o sea necesario para su buen funcionamiento; g) Inversión y administración de entidades destinadas a la prestación de servicios de aparcamientos y/o movilidad urbana; Del mismo modo prestará servicios de gestión, administración y explotación de estacionamientos subterráneos, a cielo abierto, que se encuentren en dependencia públicas o privadas o en cualquier tipo de dependencias regulado y cumplan con la legislación vigente. h) Prestación de servicios de remate y/o subasta pública; y Tasación mediante la determinación del valor económico de bienes, y su avalúo correspondiente; compra, venta o intermediación de bienes muebles, tales como vehículos, maquinarias y equipos a fines dentro del proceso de subasta pública. i) Compra venta, distribución y comercialización de combustible y establecimiento de puntos de recarga eléctrica, para todo tipo de vehículos motorizados; y otros negocios afines; j) La prestación de servicios de transporte urbano y suburbano de pasajeros por vía terrestre, en vehículos propios o tomados en arrendamiento o en leasing, por cuenta propia o en convenio con instituciones, organismos, empresas, familias y particulares; y, eventualmente, el transporte de pasajeros, en una Línea Regular; El transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; Todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que guarden relación directa o indirectamente con el objeto social, que sean accesorios o conducentes a la consecución de los fines sociales.- Dos) la cláusula tercera del pacto social: La razón social de la sociedad será “SOCIEDAD DE INVERSIONES TRES SOLES LIMITADA”, pudiendo, sin embargo, igualmente funcionar, actuar y obligarse ante terceros, bancos instituciones públicas o privadas mediante el empleo de la abreviatura “INVERSIONES TRES SOLES LTDA.”.-. Se declara que capital inicial de sociedad asciende a la suma $10.000.000.- (diez millones de pesos) y no ha sido modificado. En lo no modificado se mantiene vigente el pacto social primitivo. En Molina, a veintiséis de agosto de 2025. DOY FE.