NOVOA Y COMPAÑÍA ASESORÍAS EMPRESARIALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de agosto de 2025
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $998.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| NOVOA Y COMPAÑÍA ASESORÍAS EMPRESARIALES LIMITADA | socio | 77393020-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 14 de agosto de 2025, ante mí, REP. N°9.600/2025: los socios de la sociedad NOVOA Y COMPAÑÍA ASESORÍAS EMPRESARIALES LIMITADA, RUT N°77.393.020-1, inscrita a FS 32.500 N°25.926 del Registro de Comercio del año 1999 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, señores, MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA, ingeniero comercial, cédula de identidad N°10.538.374-6; LUIS ALBERTO NOVOA MIRANDA, ingeniero comercial y contador auditor, cédula de identidad N°10.089.222-7; y la sociedad DICAMA INVERSIONES E INMOBILIARIA LIMITADA, del giro de su denominación, RUT N°76.112.738-1; todos, con domicilio para estos efectos, en Avenida Nueva Providencia N°1850, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Acordaron: 1) Aumentar el capital social, capitalizando utilidades acumuladas por la suma de $998.000.000, aumentando el capital social desde la suma de $2.315.789 a la suma de $1.000.315.789, aumento que se efectuará en forma proporcional a la participación de los socios en la sociedad. Consecuencia de esto, se modifica el artículo Sexto del Pacto Social y lo reemplazan por el siguiente: “SEXTO: El capital social asciende a la suma de $1.000.315.789, suma que se encuentra totalmente pagada en la siguiente forma: a) Don LUIS ALBERTO NOVOA MIRANDA con la suma de $700.221.052, equivalentes a un 70% de los derechos sociales; que ya se encuentran pagados y enterados en las arcas sociales; b) Doña MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA con la suma de $190.060.000, equivalentes a un 19% de los derechos sociales; que ya se encuentran pagados y enterados en las arcas sociales. Y c) La sociedad DICAMA INVERSIONES E INMOBILIARIA LIMITADA, debidamente representada, con la suma de $110.034.737, equivalentes a un 11% de los derechos sociales; los que ya se encuentran pagados y enterados en las arcas sociales.” 2) Aumentar nuevamente el capital social, en la suma de $265.000.000, aumentando el capital desde la suma de $1.000.315.789, a la suma de $1.265.315.789. Este aumento de capital solo se pagará por los socios MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA y la sociedad DICAMA INVERSIONES E INMOBILIARIA LIMITADA, en la siguiente forma y proporción: a) Doña MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA, con la suma de $35.000.000 que pagará en el plazo de 90 días contados desde la fecha del presente instrumento; y b) La sociedad DICAMA INVERSIONES E INMOBILIARIA LIMITADA, debidamente representada, con la suma de $230.000.000 que pagará en el plazo de 90 días contados desde la fecha del presente instrumento. Consecuencia de esto, se modifica el artículo Sexto del Pacto Social y lo reemplazan por el siguiente: “SEXTO: El capital social asciende a la suma de $1.265.315.789, suma que se ha pagado y se pagará en la siguiente forma: a) Don LUIS ALBERTO NOVOA MIRANDA con la suma de $700.221.052, equivalentes a un 55,34% de los derechos sociales; que ya se encuentran pagados y enterados en las arcas sociales; b) Doña MARIA MAGDALENA DUARTE VALENZUELA con la suma de $225.060.000, equivalentes a un 17,79% de los derechos sociales y que ya se pagaron y pagarán de la siguiente forma: i) Con la suma de $190.060.000 que ya se encontraban pagados y enterados en las arcas sociales; y ii) Con la suma de $35.000.000. que pagará en el plazo de 90 días contados desde la fecha del presente instrumento; Y c) La sociedad DICAMA INVERSIONES E INMOBILIARIA LIMITADA, debidamente representada, con la suma de $340.034.737, equivalentes a un 26,87% de los derechos sociales y que ya se pagaron y pagarán de la siguiente forma: i) Con la suma de $110.034.737 que ya se encontraban pagados y enterados en las arcas sociales; y ii) Con la suma de $230.000.000 que pagará en el plazo de 90 días contados desde la fecha del presente instrumento.” La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de agosto de 2025.