Inversiones Pacheco Paredes Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de junio de 2025
- Repertorio
- 4100-2025
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $174.838.900 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular, 26ª Notaria de Santiago, domiciliado en Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes, Certifica: Por escritura pública de fecha 30 de junio de 2025, Repertorio N° 4100-2025, ante mí: doña NADIA LORENA PACHECO PAREDES, cédula de identidad número 15.299.644-6; don JORGE ALEJANDRO PACHECO PAREDES, cédula de identidad número 16.727.156-1; don DANIEL ENRIQUE PACHECO PAREDES, cédula de identidad número 15.921.877-5; y doña BRENDA ISABEL PACHECO PAREDES, cédula de identidad número 17.999.922-6; todos los anteriores con domicilio para estos efectos en Camino Chinquihue, kilómetro 6, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos; don LUIS JORGE PACHECO ALVARADO, cédula de identidad número 7.398.674-5; y doña BRENDA ETTI PAREDES PAREDES, cédula de identidad número 9.021.715-1, ambos domiciliados en calle Benjamín 2929, departamento 21, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES PACHECO PAREDES LIMITADA, Rol Único Tributario número 77.712.350-5, inscrita a fojas 18, número 17, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Puerto Montt, correspondiente al año 2002 (la “Sociedad”), acordaron: (i) Dividir la Sociedad en dos sociedades de responsabilidad limitada. La primera, que será la continuadora legal de la Sociedad, conservará el nombre o razón social de esta última, esto es, “INVERSIONES PACHECO PAREDES LIMITADA”, su Rol Único Tributario, su objeto específico y sus actuales estatutos con las modificaciones que se señalan más adelante. La segunda sociedad que nace de la división tendrá por nombre el de “IPP PROYECTOS LIMITADA”, con el objeto y estatutos que se indican en la escritura extractada, y a la que fueron asignados los activos, pasivos y cuentas de patrimonio de la sociedad dividida que se indican en la escritura referida. (ii) Disminuir el capital de la Sociedad como consecuencia de la división de que da cuenta el número anterior, en la suma de 174.838.900 pesos, esto es, de la suma de 1.325.878.530 pesos a la cantidad de 1.151.039.630 pesos. (iii) Modificar y sustituir los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de 1.151.039.630 pesos, que ha sido aportada y pagada por los socios, en los porcentajes y forma que a continuación se indican: (i) don LUIS JORGE PACHECO ALVARADO aporta la suma de 345.772.305 pesos, equivalentes al treinta coma cero cuatro por ciento de la participación social, que se entera en la forma que se señala en el artículo primero transitorio de los estatutos; (ii) doña BRENDA ETTI PAREDES PAREDES aporta la suma de 345.772.305 pesos, equivalentes al treinta coma cero cuatro por ciento de la participación social, que se entera en la forma que se señala en el artículo primero transitorio de los estatutos; (iii) doña NADIA LORENA PACHECO PAREDES aporta la suma de 114.873.755 pesos, equivalentes al nueve coma noventa y ocho por ciento de la participación social, que se entera en la forma que se señala en el artículo primero transitorio de los estatutos; (iv) don JORGE ALEJANDRO PACHECO PAREDES aporta la suma de 114.873.755 pesos, equivalentes al nueve coma noventa y ocho por ciento de la participación social, que se entera en la forma que se señala en el artículo primero transitorio de los estatutos; (v) don DANIEL ENRIQUE PACHECO PAREDES aporta la suma de 114.873.755 pesos, equivalentes al nueve coma noventa y ocho por ciento de la participación social, que se entera en la forma que se señala en el artículo primero transitorio de los estatutos; y (vi) doña BRENDA ISABEL PACHECO PAREDES aporta la suma de 114.873.755 , equivalentes al nueve coma noventa y ocho por ciento de la participación social, que se entera en la forma que se señala en el artículo primero transitorio de los estatutos.”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la suma de 1.151.039.630 pesos, que ha sido aportada y pagada por los socios, en los porcentajes y montos que a continuación se indican: (i) don LUIS JORGE PACHECO ALVARADO aporta la suma de 345.772.305 pesos, equivalentes al 30,04 por ciento de la participación social, de los cuales la suma de 229.003.429 pesos fue pagada con anterioridad a esta fecha, y el saldo se encuentra pendiente de pago; (ii) doña BRENDA ETTI PAREDES PAREDES aporta la suma de 345.772.305 pesos, equivalentes al 30,04 por ciento de la participación social, de los cuales la suma de 219.415.194 pesos fue pagada con anterioridad a esta fecha, y el saldo se encuentra pendiente de pago; (iii) doña NADIA LORENA PACHECO PAREDES aporta la suma de 114.873.755 pesos, equivalentes al 9,98 por ciento de la participación social, de los cuales la suma de 73.958.934 pesos fue pagada con anterioridad a esta fecha, y el saldo se encuentra pendiente de pago; (iv) don JORGE ALEJANDRO PACHECO PAREDES aporta la suma de 114.873.755 pesos, equivalentes al 9,98 por ciento de la participación social, de los cuales la suma de 96.107.275 pesos fue pagada con anterioridad a esta fecha, y el saldo se encuentra pendiente de pago; (v) don DANIEL ENRIQUE PACHECO PAREDES aporta la suma de 114.873.755 pesos, equivalentes al 9,98 por ciento de la participación social, de los cuales la suma de 96.107.275 pesos fue pagada con anterioridad a esta fecha, y el saldo se encuentra pendiente de pago; y (vi) doña BRENDA ISABEL PACHECO PAREDES aporta la suma de 114.873.755 pesos, equivalentes al 9,98 por ciento de la participación social, de los cuales la suma de 31.250.922 pesos fue pagada con anterioridad a esta fecha, y el saldo se encuentra pendiente de pago.”. Los socios de la Sociedad limitan expresamente su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Extractos de constitución de IPP Proyectos Limitada constan por separado. Santiago, 25 de Agosto de 2025.-