INMOBILIARIA E INVERSIONES EGOMAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de agosto de 2025
- Notario
- Francisco Javier Muñoz Flores
- Domicilio
- y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica
Sociedad
- N. fantasía
- "EGOMA LTDA"
- Capital
- $40.000.000 CLP
- Domicilio
- Villarrica
- Duración
- 5 años contados desde esta fecha, plazo que se entenderá tácita y automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de que la prórroga no opere, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción primitiva de la sociedad en el Registro de Comercio de Villarrica, a lo menos con seis meses de anticipación a la fecha en que vaya a expirar el plazo o la prórroga en vigencia, en su caso
- Ley aplicable
- Ley 3918
Objeto social
Uno).- Efectuar toda clase de inversiones en el área inmobiliaria, participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas; podrá adquirir bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, venderlos, arrendarlos, subarrendarlos, tomar bienes en arrendamiento, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento u otra cualquiera, plantar y sembrarlos, asimismo, podrá en el desarrollo del área inmobiliaria contratar a terceros que coadyuven al cumplimiento del objeto social y, en general, efectuar todas las inversiones inmobiliarias rentables que los socios acuerden. Dos). Efectuar toda clase de operaciones en el área de Inversiones, tanto en bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones.- Prestar servicios, representaciones y asesorías a empresas, personas jurídicas o naturales, públicas o privadas en todos las áreas relacionadas con publicidad, corretaje de propiedades y comisiones; Tres).- Por último podrá realizar cualquier otra actividad, negocio u operaciones que los socios de común acuerdo convengan y que diga relación con el giro social antes descrito
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| EGON ARCÁNGEL VELÁSQUEZ HERWITT | socio | 7463690-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, don EGON ARCÁNGEL VELÁSQUEZ HERWITT, chileno, jubilado, viudo, C.N.I. N° 7.463.690-k, domiciliado en el camino Villarrica a Loncoche, kilómetro 13, Villarrica, y doña MARISOL ALICIA MILLANAO MUÑOZ, chilena, independiente, soltera, C.N.I. N° 8.657.906-5, domiciliada en Sector Lliu Lliu Villarrica, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por los estatutos y en su silencio, por las disposiciones de la Ley 3918 y sus modificaciones posteriores y por las normas del Código Civil y de Comercio que fueren aplicables: Domicilio: Villarrica, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se instalen en otros puntos del país o del extranjero. Razón Social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES EGOMAR LIMITADA”. Nombre de fantasía: "EGOMA LTDA". Objeto: Uno).- Efectuar toda clase de inversiones en el área inmobiliaria, participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas; podrá adquirir bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, venderlos, arrendarlos, subarrendarlos, tomar bienes en arrendamiento, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento u otra cualquiera, plantar y sembrarlos, asimismo, podrá en el desarrollo del área inmobiliaria contratar a terceros que coadyuven al cumplimiento del objeto social y, en general, efectuar todas las inversiones inmobiliarias rentables que los socios acuerden. Dos). Efectuar toda clase de operaciones en el área de Inversiones, tanto en bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones.- Prestar servicios, representaciones y asesorías a empresas, personas jurídicas o naturales, públicas o privadas en todos las áreas relacionadas con publicidad, corretaje de propiedades y comisiones; Tres).- Por último podrá realizar cualquier otra actividad, negocio u operaciones que los socios de común acuerdo convengan y que diga relación con el giro social antes descrito.- Duración: 5 años contados desde esta fecha, plazo que se entenderá tácita y automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de que la prórroga no opere, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción primitiva de la sociedad en el Registro de Comercio de Villarrica, a lo menos con seis meses de anticipación a la fecha en que vaya a expirar el plazo o la prórroga en vigencia, en su caso. Capital: $40.000.000.- que se aporta en la siguiente forma: I). El socio Egon Arcángel Velásquez Herwitt con la suma de $20.000.000-, que entera en este acto con el aporte en dominio del siguiente inmueble: LOTE DIEZ, de una superficie de cero coma seiscientos diecinueve hectáreas, resultante de la subdivisión de un inmueble de mayor extensión ubicado en Lliu-Lliu, Comuna de Villarrica, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía.- Certificado del SAG, Memoria Explicativa y Plano de subdivisión se encuentran agregados con los números 1265, 1266, y 1267 respectivamente, al final del Registro de Propiedad del año 2023 del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica.- El dominio consta a fojas 7 número 6 del Registro de Propiedad del año 2024 del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica.- El inmueble posee el rol de avalúo 336-945 de la comuna de Villarrica.- Las partes declaran que el inmueble aportado, es avaluado en la suma de $20.000.00.- De esta manera queda enterado el aporte de este socio.- Dicho aporte corresponde al 50% en la participación social.- II) La socia MARISOL ALICIA MILLANAO MUÑOZ, con la suma de $20.000.000, que se paga en este acto, en dinero efectivo, que ingresan en este acto en caja social.- De esta manera queda enterado el aporte de este socio.- Dicho aporte corresponde al 50% en la participación social.- Responsabilidad: Se limita la responsabilidad al monto de los aportes respectivos.- Administración social: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a los socios, don EGON ARCÁNGEL VELÁSQUEZ HERWITT y a doña MARISOL ALICIA MILLANAO MUÑOZ, quienes actuando conjunta o separadamente y anteponiendo a su firma la razón social o nombre de fantasía de la sociedad. Amplias Facultades que constan en escritura.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 07 de agosto de 2025.-