GERMÁN GUERRERO ESPINOZA CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de junio de 2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $346.500 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROSE MARIE MUÑOZ ALVAREZ, Abogado, Notario Suplente de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida La Dehesa número 1.201, local 101, comuna de Lo Barnechea, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de junio del año 2025, ante el Notario Titular Patricio Guillermo Corominas Mellado, comparecen: i) La SUCESIÓN DE DON GERMÁN GUERRERO ESPINOZA, conformada por su cónyuge doña MARÍA DEL PILAR FALCÓN RIVAS, y sus hijos, doña PAULA ANDREA GUERRERO FALCÓN, don RODRIGO IGNACIO GUERRERO FALCÓN, y don GERMÁN ALEJANDRO GUERRERO FALCÓN; ii) La sociedad INVERSIONES GRAN CANARIA LIMITADA, representada; iii)La sociedad INVERSIONES ANDYARA LIMITADA, representada y iv) don GERMAN ALEJANDRO GUERRERO FALCÓN, por sí como socio de la Sociedad. Todos con domicilio en Avenida Presidente Riesco número 5.711, oficina 402, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, acordaron cesión de derechos sociales y modificación de la sociedad GERMÁN GUERRERO ESPINOZA CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA, inscrita a fojas 27.647 número 14.983, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1989, en los siguientes términos: I. Da cuenta fallecimiento de don Germán Guerrero Espinoza: Uno. Fallecimiento Germán Guerrero Espinoza. don GERMÁN ALEJANDRO GUERRERO FALCÓN; doña MARÍA DEL PILAR FALCÓN RIVAS; doña PAULA ANDREA GUERRERO FALCÓN; y don RODRIGO IGNACIO GUERRERO FALCÓN, en su calidad de comuneros en la herencia quedada al fallecimiento de don GERMÁN GUERRERO ESPINOZA, dieron cuenta que en fecha 03 de junio del año 2023 falleció en Las Condes, Santiago, don GERMÁN GUERRERO ESPINOZA, cédula nacional de identidad número 4.609.898-6. Dos. Posesión efectiva. Por Resolución exenta número 128.848 de fecha 30 de noviembre del año 2023 del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación, Santiago, se concedió la posesión efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don GERMÁN GUERRERO ESPINOZA, a sus herederos universales: doña MARÍA DEL PILAR FALCÓN RIVAS, en calidad de cónyuge sobreviviente, y sus hijos don GERMÁN ALEJANDRO GUERRERO FALCÓN; doña PAULA ANDREA GUERRERO FALCÓN; y don RODRIGO IGNACIO GUERRERO FALCÓN, inscrita a fojas 101.674 número 146.504 del año 2023 del registro de propiedad del conservador de bienes raíces de Santiago. Tres. Liquidación y partición. Por escritura pública de fecha 29 de mayo del año 2025 otorgada en la Notaría Pública de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, repertorio notarial número 6.526-2025, se procedió a liquidar la sociedad conyugal existente entre don GERMÁN GUERRERO ESPINOZA, y doña MARÍA DEL PILAR FALCÓN RIVAS.- II. Adjudicación de derechos. Con motivo de la adjudicación de los bienes quedados al fallecimiento de don GERMÁN GUERRERO ESPINOZA, se procedió en la Escritura Pública señalada a adjudicar el 100% de la participación social que detentaba en la sociedad GERMÁN GUERRERO ESPINOZA CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA, y que corresponde al 2% del capital social, en las siguientes proporciones: i) doña MARIA DEL PILAR FALCÓN RIVAS, con la suma de $346.500 equivalente al 1,4% del capital social; ii) don RODRIGO IGNACIO GUERRERO FALCÓN, con la suma de $49.500 equivalente al 0,2% del capital social; iii) don GERMÁN ALEJANDRO GUERRERO FALCÓN, con la suma de $49.500 equivalente al 0,2% del capital social; y iv) doña PAULA ANDREA GUERRERO FALCÓN, con la suma de $49.500 equivalente al 0,2% del capital social.- III. Retiro de socio. Como consecuencia de la sucesión por causa de muerte y posterior adjudicación suscrita por los herederos, los socios de GERMÁN GUERRERO ESPINOZA CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA, dejan constancia del retiro como socio de la Sociedad de don GERMAN GUERRERO ESPINOZA.- IV. Ingreso de nuevos socios. Como contrapartida al retiro por fallecimiento de uno de los socios se incorporan como nuevos socios de la Sociedad, doña MARIA DEL PILAR FALCÓN GUERRERO, don RODRIGO IGNACIO GUERRERO FALCÓN y doña PAULA ANDREA GUERRERO FALCÓN.- V. Cesión de Derechos: Los comparecientes acordaron la siguiente cesión de derechos: Venta y Cesión de Derechos Sociales de la sociedad Inversiones Gran Canaria Limitada a la sociedad Inversiones Andyara Limitada: La sociedad INVERSIONES GRAN CANARIA LIMITADA, representada, vendió, cedió y transfirió el noventa y dos coma noventa y uno por ciento de los derechos sociales de los que era dueña y titular de la sociedad GERMÁN GUERRERO ESPINOZA CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA, a la sociedad INVERSIONES ANDYARA LIMITADA, quien, a través de su representante legal, los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión señalada precedentemente es la suma de $1.300.093.091. VI. Ingreso de nuevo socio: Como consecuencia de la venta y cesión de derechos, ingresa como nuevo socio la sociedad INVERSIONES ANDYARA LIMITADA. VII. Modificación de estatutos sociales: Como consecuencia del referido da cuenta y posterior cesión de derechos sociales, los socios de la sociedad GERMÁN GUERRERO ESPINOZA CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA, acordaron modificar el Artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al Capital Social, el cual queda expresado en el siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad asciende a la suma única y total de $24.750.000, íntegramente suscrito y pagado por sus socios en las siguientes cantidades y proporciones: i) INVERSIONES ANDYARA LIMITADA, con la suma de $22.995.225, equivalentes al 92,91% del capital social; ii) INVERSIONES GRAN CANARIA LIMITADA, con la suma de $1.254.825, equivalentes al 5,07% del capital social; iii) doña MARÍA DEL PILAR FALCÓN RIVAS, con la suma de $346.500, equivalentes al 1,40% del capital social; iv) don GERMÁN ALEJANDRO GUERRERO FALCÓN, con la suma de $54.450, equivalentes al 0,22% del capital social; v) doña PAULA ANDREA GUERRERO FALCÓN, con la suma de $49.500, equivalentes al 0,20% del capital social; y vi) don RODRIGO IGNACIO GUERRERO FALCÓN, con la suma de $49.500, equivalentes al 0,20% restante del capital social.”. Socios declaran que mantienen su responsabilidad limitada hasta el monto de sus respectivos aportes, y en todo lo no modificado por la escritura extractada, quedan plenamente vigentes las demás disposiciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de agosto del año 2025.-