NEUMATICOS Y LLANTAS DEL PACIFICO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de julio de 2025
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- trigésima tercera Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público titular de la trigésima tercera Notaria de Santiago, con Domicilio en Huérfanos N°979, oficina 501, certifica: por escritura pública de fecha 28 de julio de 2025, otorgada ante mí suplente, doña VERONICA TORREALBA COSTABAL, comparecen: la sociedad GEDEPE INVERSIONES SpA, Rol Único Tributario Número setenta y ocho millones cincuenta mil setecientos trece guion seis; la sociedad INVERSIONES P tres SpA, Rol único Tributario número setenta y ocho millones trece mil setecientos setenta y dos guion K; y la sociedad INVERSIONES BUCÉFALO SpA, Rol Único Tributario número setenta y ocho millones veintiún mil novecientos setenta y seis guion nueve, todos los comparecientes domiciliados para estos efectos en calle Alfredo Barros Errazuriz mil novecientos cincuenta y tres, piso once, comuna de Providencia, ciudad de Santiago. SEGUNDO: CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. Por el presente instrumento, los actuales y únicos socios de la sociedad NEUMÁTICOS Y LLANTAS DEL PACÍFICO LIMITADA, esto es, GEDEPE INVERSIONES SpA por una parte, titular del cincuenta por ciento de los derechos sociales y por la otra, INVERSIONES BUCÉFALO SpA titular igualmente del cincuenta por ciento restante de los derechos sociales, vienen en dar cuenta del siguiente acuerdo de cesión y venta de derechos sociales en la primera; De esta manera, la sociedad GEDEPE INVERSIONES SpA, debidamente representada, vende, cede y transfiere a la sociedad INVERSIONES P tres SpA el total de los derechos que dicha sociedad mantiene en la sociedad NEUMÁTICOS y LLANTAS DEL PACÍFICO LIMITADA, esto es, el cincuenta por ciento de los derechos sociales en el capital de dicha sociedad, adquiriendo, aceptando y finalmente comprando aquel, por intermedio de su representante, la totalidad de los derechos sociales previamente señalados. TERCERO: PRECIO DE LA CESIÓN. El precio de la cesión antes referida es de quince mil quinientos ochenta y ocho millones de pesos, el cual será pagado por el cesionario, INVERSIONES P tres SpA dentro del plazo de cinco años, contados desde la fecha de otorgamiento del presente instrumento. CUARTO: Que, consecuencia de lo señalado en la cláusula anterior, los actuales y únicos socios de la sociedad NEUMATICOS y LLANTAS DEL PACIFICO LIMITADA, esto es, INVERSIONES BUCÉFALO SpA; e INVERSIONES P tres SpA; quienes acuerdan reconocer los cambios operados precedentemente, y por tanto acceden a modificar el Artículo Sexto de los estatutos de la sociedad NEUMATICOS y LLANTAS DEL PACIFICO LIMITADA en el siguiente sentido: “ARTÍCULO SEXTO: “CAPITAL SOCIAL: El capital social es la suma única y total de ciento dieciséis millones novecientos setenta y nueve mil ciento treinta y cinco pesos., la que se encuentra íntegramente aportada por los socios y enterados con anterioridad a esta fecha, de la siguiente forma: A) INVERSIONES P tres SpA, con la suma de cincuenta y ocho millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos sesenta y siete pesos.- equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales y, B) INVERSIONES BUCÉFALO SpA con la suma de cincuenta y ocho millones cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos sesenta y siete pesos.- equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales.” Santiago 19 de agosto de 2025.