MORAN NEGOCIOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de julio de 2025
- Repertorio
- 893
- Notario
- Ante mí CÉSAR ENRIQUE PEIÑAN AILLAPÁN
- Domicilio
- Victoria
Sociedad
- Ley aplicable
- ley N° 19.499
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MORAN NEGOCIOS SpA | socio | 76156908-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEn Victoria, República de Chile, a 19 del mes de agosto del año dos mil veinticinco, Ante mí CÉSAR ENRIQUE PEIÑAN AILLAPÁN, Abogado, Notario Público de Victoria, con domicilio en esta ciudad, calle Eleuterio Ramírez número quinientos sesenta y nueve, CERTIFICO QUE: por escritura pública de fecha “18” de Agosto del año 2025, REPERTORIO N° “916-2025”, don CAMILO LEONARDO VILLABLANCA JARA, con oficio en calle Calama número mil doscientos noventa, comuna de Victoria, región de la Araucanía. Con poder especial amplio don CAMILO LEONARDO VILLABLANCA JARA, conferido por los comparecientes en escritura pública de fecha once de julio de dos mil veinticinco otorgada ante don CÉSAR ENRIQUE PEIÑAN AILLAPAN, y agregada a su Repertorio de Instrumentos Públicos, bajo el número setecientos cincuenta y seis del año dos mil veinticinco, viene en corregir y sanear un vicio formal de la sociedad MORAN NEGOCIOS SpA, RUT 76.156.908-2, en conformidad a la ley N° 19.499 en lo siguiente: 1.- Respecto a extracto publicado en Diario Oficial de fecha 19 de Julio de 2025 extracto que se inscribió a fojas 20 N° 16, repertorio N° 893 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Archivero Judicial de Victoria del año 2025, en aquel extracto se señala erróneamente en numeral 3 que “3.- Se modifica el artículo decimo señalando que los administradores de la sociedad actuarán en conjunto y estarán premunidos de todas las facultades de un factor de comercio y especial las que se señalan en la escritura.” Debiendo decir: “3.- Se modifica el artículo decimo señalando que los administradores de la sociedad actuando en conjunto o don Jorge Guillermo Moran Silva actuando separadamente. Estarán premunidos de todas las facultades propias de un factor de comercio y en especial las que se señalan en la escritura”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Victoria, 19 de agosto de 2025.