MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA LAS HORTENSIAS SpA

RUT 77626879-8 CVE 2691090
Fecha instrumento
30 de junio de 2025
Notaría
Santiago MARIA SOLEDAD

Instrumento

Fecha
30 de junio de 2025
Repertorio
31525-2025
Notario
entidad número nueve millones cincuenta y seis mil novecientos quince guión cinco
Oficio
Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Comuna
Santiago MARIA SOLEDAD

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, chilena, casada, Abogado, cédula nacional de identidad número nueve millones cincuenta y seis mil novecientos quince guión cinco, Notario Público, Suplente de la Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, según Decreto Judicial de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, debidamente protocolizado al final de los Registros del mes en curso bajo el Repertorio número cuarenta mil ochenta guión dos mil veinticinco, con oficio en Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de junio de 2025, Repertorio N° 31.525-2025, ante la titular, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INMOBILIARIA LAS HORTENSIAS SpA (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 62.644, N° 27.677 del Registro de Comercio de Santiago del año 2022, celebrada en la misma fecha, con la asistencia de la totalidad de las acciones emitidas de la Sociedad, en la cual se acordó, entre otras materias, lo siguiente: la fusión por incorporación de la Sociedad con Cebada Inmobiliaria SpA, con efecto a partir de reducción a escritura pública de juntas de accionistas de ambas sociedades en que se acuerde la fusión, quedando ésta última como continuadora legal, absorbiendo a la Sociedad y adquiriendo todos su activos, pasivos, permisos y autorizaciones, por lo que se produce la disolución anticipada de la Sociedad a contar de la fecha señalada. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 21 de agosto de 2025.