MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL LAZMETAL LIMITADA

RUT 76182760-K CVE 2691225
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de mayo de 2002
Notaría
Coquimbo de don Juan Carlos

Instrumento

Fecha
28 de mayo de 2002
Notario
JUAN CARLOS MATURANA LEPELEY
Domicilio
Coquimbo
Comuna
Coquimbo de don Juan Carlos

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley N°3918

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CARLOS MATURANA LEPELEY, Notario Público Coquimbo, calle José Santiago Aldunate N°939, Certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, don MIGUEL MAURICIO PONCE AROS, chileno, soltero, abogado, domiciliado para estos en la ciudad de Coquimbo, calle Francisco Henriquez N°1.191, C.I. N°19.351.277-1, en representación de don OSVALDO MANUEL LAZO YAÑEZ, chileno, casado, comerciante, C.I. N°5.824.757- K; de doña ANGELA DE LAS MERCEDES ALAMEDA TORO, chilena, casada, profesora de estado, C.I. N°7.293.175-0; y de don OSVALDO ERIK LAZO ALAMEDA, chileno, casado, asistente de arquitectura, C.I. N°12.943.370-1, todos domiciliados para estos efectos en la ciudad de Coquimbo, calle Profesor Zepeda N°1283, Sanearon la modificación a la sociedad de responsabilidad Limitada “COMERCIAL LAZMETAL LIMITADA”, R.U.T. N°76.182.760-K, cuyo capital es $50.000.000, constituida por escritura pública de fecha 28 de Mayo de 2002, en la Notaría de Coquimbo que estuvo a cargo de don Oscar Suarez Alvarez, inscrita a fojas 233 N°147, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo del año 2002, modificada por escritura pública de fecha 16 de Diciembre de 2015, en la Notaría de La Serena que estuvo a cargo de don Oscar Fernández Mora, inscrita a fojas 162 N°74, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo del año 2016, y por escritura pública de fecha 08 de Febrero de 2023, en la Notaría de Coquimbo de don Juan Carlos Maturana Lepeley, inscrita a fojas 120 N°56, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, del año 2023, en el siguiente sentido: “CLÁUSULA SEGUNDA: Los comparecientes modificaron la sociedad responsabilidad limitada que gira bajo la razón social de COMERCIAL LAZMETAL LIMITADA, publicándose un extracto de dicha modificación en el Diario Oficial, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N°3918, con fecha 06 de mayo de 2023. Sin embargo, erradamente no se inscribió dicha modificación en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N°3918, se incurre de esa forma en un vicio de nulidad absoluta de ese acto. CLÁUSULA TERCERA: En virtud de lo señalado precedentemente, el comparecientes vienen en corregir y sanear el vicio indicado, de conformidad lo dispone el artículo primero y siguientes de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, ratificando en este acto sus voluntades contenidas en la escritura pública de fecha veintiocho de marzo de dos mil veinticinco, Repertorio numero cuatrocientos cuarenta y uno guion dos mil veinticinco otorgada ante el Notario Público de Coquimbo, don Juan Carlos Maturana Lepeley, y obligándose además a inscribir y publicar el extracto de la escritura que se otorga en este acto, saneándose de esa forma el vicio en el cual se incurrió al no haber inscrito oportunamente dentro de plazo el saneamiento que se ratifica en este acto. En todo lo no modificado rige plenamente el pacto social singularizado en la cláusula primera de escritura extractada.- Coquimbo, 19 de Agosto de 2025.