Agropecuaria Sagalu Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de agosto de 2025
- Repertorio
- 23624-2025
- Notario
- Juan Ricardo San Martín Urrejola
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $217.103.860 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, abogado, Notario Público titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 14 de agosto de 2025, Repertorio N° 23.624-2025, ante mí, Roberto Teófilo Grob Fuchs, con domicilio en calle Edgar Degas N°675, comuna de La Unión, Región de Los Ríos, y de paso en ésta; modificó la sociedad denominada Agropecuaria Sagalu Limitada, en adelante la Compañía, de la siguiente manera: Uno) Se dejó constancia que por escritura pública otorgada en esta misma Notaría, con fecha 25 de agosto de 2023, Repertorio N°25.045-2023, se acordó la fusión de la sociedad denominada Inversiones Sagalu Dos Limitada y la sociedad Agropecuaria El Trébol Limitada, en una sola compañía, fusión que se efectuó absorbiendo Agropecuaria El Trébol limitada Inversiones Sagalu Dos Limitada, la que por tanto se disolvió, aportando todos su activo y pasivo a la primera, en adelante dicha escritura denominada como “Fusión”. Dos) Como consecuencia de lo anterior, con el objeto de dejar constancia de la fusión de la socia de la compañía, los socios de la sociedad Agropecuaria Sagalu Limitada acordaron modificar el texto del artículo quinto del estatuto vigente de la sociedad correspondiente al capital, de la siguiente manera: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la sociedad es la suma de $217.103.860, que se aporta por los socios de la siguiente manera: uno) Don Roberto Teófilo Grob Fuchs aporta la suma de $108.769.034, equivalentes al 50,1% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad, con anterioridad a esta fecha en la caja social; y , dos) Agropecuaria El Trébol Limitada, aporta la suma de $108.334.826, equivalentes al 49,9% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad, con anterioridad a esta fecha en la caja social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social.”. Santiago, 25 de agosto de 2025.