CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE INVERSIONES GRUPO SUSTENTTA SpA

CVE 2690639
Fecha instrumento
18 de agosto de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de agosto de 2025
Repertorio
46606
Notario
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL
Oficio
Décimo Novena Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
El plazo de la Sociedad es de diez años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno

Objeto social

El objeto de la Sociedad será el siguiente: a) Inversión y asesoría especializada en el área inmobiliaria y mobiliaria, además tomar parte en sociedades que tengan objetivos afines o semejantes; b) Inversión sobre toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, la administración de dichas inversiones y la obtención y percepción de sus frutos y rentas, sea en chile o en el extranjero; c) la inversión de dineros y)o valores en bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores; d) La participación como inversionista en toda clase de negocios o empresa o el desarrollo de los mismos por cuenta propia o en asociación con terceros con fines rentísticos; e) Invertir en toda clase de instrumentos financieros, títulos de crédito, bonos, efectos de comercio, valores mobiliarios negociables y aportes a sociedades; f) Compra, venta, distribución, importación y exportación, de artículos de todo tipo; g) Representar y)o contratar con firmas comerciales y empresas de cualquier naturaleza sean nacionales o extranjeras, adquirir bienes muebles o inmuebles de todas clases, administrarlos, enajenarlos y gravarlos en cualquier forma y en fin, realizar inversiones diversas, y; h) En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y que digan relación directa o indirecta objeto de la Sociedad, el desarrollo de su giro y la inversión de los fondos

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña MARÍA ÚRSULA WILMANS CIFUENTES, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Abogado y Notario Público, Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Bandera N° 341, Oficina 352, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública bajo el Repertorio Nº46.606, con fecha 18/08/2025, otorgada ante mí, comparece: Doña MARÍA ÚRSULA WILMANS CIFUENTES, cédula de identidad número catorce millones ciento seis mil novecientos diecisiete guion nueve, domiciliada en El Remanso número once mil ochocientos cincuenta y uno. Casa quince, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; constituye Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos extracto: Razón Social: La razón social es “SOCIEDAD DE INVERSIONES GRUPO SUSTENTTA SpA”, pudiendo usar para fines comerciales y de publicidad el nombre de fantasía “GRUPO SUSTENTTA SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que podrá abrir sucursales o agencias en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la Sociedad será el siguiente: a) Inversión y asesoría especializada en el área inmobiliaria y mobiliaria, además tomar parte en sociedades que tengan objetivos afines o semejantes; b) Inversión sobre toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, la administración de dichas inversiones y la obtención y percepción de sus frutos y rentas, sea en chile o en el extranjero; c) la inversión de dineros y/o valores en bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores; d) La participación como inversionista en toda clase de negocios o empresa o el desarrollo de los mismos por cuenta propia o en asociación con terceros con fines rentísticos; e) Invertir en toda clase de instrumentos financieros, títulos de crédito, bonos, efectos de comercio, valores mobiliarios negociables y aportes a sociedades; f) Compra, venta, distribución, importación y exportación, de artículos de todo tipo; g) Representar y/o contratar con firmas comerciales y empresas de cualquier naturaleza sean nacionales o extranjeras, adquirir bienes muebles o inmuebles de todas clases, administrarlos, enajenarlos y gravarlos en cualquier forma y en fin, realizar inversiones diversas, y; h) En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y que digan relación directa o indirecta objeto de la Sociedad, el desarrollo de su giro y la inversión de los fondos. Capital: El capital de la Sociedad será de diez millones de pesos, el que se divide en mil acciones nominativas, todas de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal. Se suscribe, entera, paga íntegramente y en este acto, de la siguiente forma: Doña MARÍA ÚRSULA WILMANS CIFUENTES, única accionista, suscribe en este acto mil acciones a un precio total de diez millones de pesos, lo que equivale a diez mil pesos por acción. De conformidad con lo anterior, el capital social de diez millones de pesos, dividido en mil acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, ha quedado íntegramente suscrito y pagado en este acto a entera satisfacción de la Sociedad. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña MARÍA ÚRSULA WILMANS CIFUENTES, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Duración: El plazo de la Sociedad es de diez años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de AGOSTO de 2025. PEDRO R. REVECO HORMAZABAL.