MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Casas de Apalta Limitada

RUT 79541250-6 CVE 2690334
Fecha instrumento
28 de mayo de 2025
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
28 de mayo de 2025
Notario
RAFAEL ORLANDO CORVALAN GUERRA
Oficio
Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Ley aplicable
Ley N° 19.499.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAFAEL ORLANDO CORVALAN GUERRA, Abogado, Notario Público Suplente del Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, don PABLO MARTINEZ LOAIZA, con oficio en La Reina, Avenida Príncipe de Gales cinco mil ochocientos cuarenta y uno, certifico que: ante mí, compareció don Juan Pablo Vial Vial, en representación de doña Luisa Fernanda Esperanza Pérez Alzamora y de Agrícola La Esperanza SpA. Por escritura pública de fecha 28 de mayo de 2025, otorgada en la Notaría de La Reina de don Pablo Javier Martínez Loaiza, se dividió la sociedad Agrícola Casas de Apalta Limitada, dando origen a Agrícola El Descanso SpA, y se transformó la primera en Agrícola Casas de Apalta SpA. El extracto de modificación de Agrícola Casas de Apalta SpA se inscribió a fojas 61.004, número 23.478 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2025, y el extracto de constitución de Agrícola El Descanso SpA se inscribió a fojas 61.376, número 23.592 del mismo Registro y año. Por escritura pública de fecha 13 de agosto de 2025, en la misma notaría, que a continuación se extracta para sanear y rectificar error material contenido en la escritura de 28 de mayo de 2025, en cuya cláusula Primera, sección /Tres/, se indicó erróneamente que el capital social era de veinticuatro pesos, debiendo decir veinticuatro millones de pesos, quedando dicha cláusula redactada como sigue: “CLAUSULA CUARTA: El capital de la sociedad es la suma de veinticuatro millones de pesos, que los socios enteran y pagan de la siguiente forma: uno) Luisa Fernanda Esperanza Pérez Alzamora, aporta la suma de doscientos cuarenta mil pesos, equivalente al uno por ciento de los derechos sociales, ingresado a caja social con anterioridad a este acto y, dos) Agrícola La Esperanza SpA, debidamente representada, aporta la suma de veintitrés millones setecientos sesenta mil pesos, equivalente al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, ingresado a caja social con anterioridad a este acto.” Se deja constancia que los aportes individuales suman correctamente veinticuatro millones de pesos, reflejando el capital efectivamente convenido y pagado por los socios. El saneamiento no altera la validez ni efectos económicos del aumento ya realizado y produce efectos retroactivos desde el 28 de mayo de 2025, en conformidad al artículo segundo de la Ley N° 19.499. Se faculta al portador para requerir su inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y su publicación en el Diario Oficial. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de agosto de 2025.-