Inversiones Antumalal Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de mayo de 2025
- Repertorio
- 889-2025
- Comuna
- Coquimbo
Administración
Los socios modifican la cláusula Sexta de los Estatutos Sociales, la que queda de la siguiente forma: “La administración y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a don MAURICIO OSVALDO ZWANZGER VUSKOVIC y a don JORGE ANDRÉS BAS GONZÁLEZ, quienes representarán a la sociedad con todas y cada una de las facultades señaladas en la cláusula Sexta del Estatuto Social”. En lo no modificado, siguen vigentes las estipulaciones del pacto social. Las
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalREINALDO HERNÁN VILLALOBOS PELLEGRINI, Notario Titular de la Cuarta Notaría de Coquimbo, con domicilio en esta comuna, Ruta D cuarenta y tres número novecientos uno, oficina ciento uno, primer piso, Edificio Empresarial, certifico: por escritura pública otorgada ante don GONZALO ANDRÉS LÓPEZ RÍOS, Notario Suplente de la Cuarta Notaría de Coquimbo, en fecha 14 de mayo de 2025, Repertorio 889-2025, comparecieron: (i) HUGO ANDRÉS ARANEDA CORDIER, con domicilio en Avenida Balmaceda número 2.195, oficina 312, comuna de La Serena, Región de Coquimbo; (ii) MARLENE ARANEDA CORDIER, domiciliada en Avenida Edmundo Eluchans 2.355, departamento 1101, Reñaca, Viña del Mar; (iii) INVERSIONES SANTA DENISE LIMITADA con domicilio en Avenida Balmaceda número 2.195, oficina 312, comuna de La Serena, Región de Coquimbo; (iv) la sucesión de don VÍCTOR HUGO ARANEDA SCHIAFFINO, compuesta por MARLENE ARANEDA CORDIER, HUGO ANDRÉS ARANEDA CORDIER y DENISE GUADALUPE CORDIER MARTÍNEZ, mismo domicilio de Hugo Andrés Araneda Cordier, según se acredita en escritura que se extracta, como “Vendedores” o los “Cedentes”; y por la otra parte: (v) AGRÍCOLA SAN OSVALDO SpA, domiciliada en lote número 128, predio 5, fundo San Osvaldo, Coquimbo; (vi) MARÍA CAROLINA FERNÁNDEZ PALMA, domiciliada en calle Bernardo Larraín Cotapos número 11.685, comuna de Lo Barnechea; y (vii) COMERCIAL ISIDORA S.A., domiciliada en calle Carmencita número 25, oficina 2, comuna de Las Condes, como “Compradores” o “Cesionarios”; quienes realizaron los siguientes actos jurídicos respecto de la sociedad INVERSIONES ANTUMALAL LIMITADA: 1) CESIÓN: que son únicos socios: (a) Hugo Andrés Araneda Cordier, con un 63%, quien cede la totalidad de su participación a la sociedad Agricola San Osvaldo SpA; (b) Marlene Araneda Cordier, con un 27%, quien cede la totalidad de sus derechos a la sociedad Agricola San Osvaldo SpA; (c) Inversiones Santa Denise, con un 9%, cede el 8% de su participación en el capital social a la sociedad Agricola San Osvaldo SpA. y, el 1 % de su participación en el capital social lo cede a Maria Carolina Fernández Palma; y (d) la sucesión de don Víctor Hugo Araneda Schiaffino, con un 1% del capital social, ceden sus derechos en la sociedad a Comercial Isidora S.A. Conforme a las anteriores cesiones, quedan como socios con la siguiente participación AGRÍCOLA SAN OSVALDO SpA, con un 98%; MARÍA CAROLINA FERNÁNDEZ PALMA, con un 1%; y COMERCIAL ISIDORA S.A., con un 1%. El precio de las cesiones fue: (i) la de HUGO ANDRÉS ARANEDA CORDIER, 63 Unidades de Fomento, en su equivalente en pesos al día de fecha de escritura; (ii) la de MARLENE ARANEDA CORDIER, 27 Unidades de Fomento, en su equivalente en pesos al día de fecha de escritura; (iii) la de INVERSIONES SANTA DENISE LIMITADA, 9 Unidades de Fomento, en su equivalente en pesos al día de fecha de escritura; y (iv) la de la sucesión de VÍCTOR HUGO ARANEDA SCHIAFFINO, 1 Unidad de Fomento, en su equivalente en pesos al día de fecha de escritura; sumas pagadas en ese acto en dinero efectivo y en proporción de los derechos cedidos y adquiridos, cesión que los cesionarios aceptan y adquieren en la forma señalada y en la que comparecen y, 2) MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA DE ADMINISTRACIÓN: Los socios modifican la cláusula Sexta de los Estatutos Sociales, la que queda de la siguiente forma: “La administración y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a don MAURICIO OSVALDO ZWANZGER VUSKOVIC y a don JORGE ANDRÉS BAS GONZÁLEZ, quienes representarán a la sociedad con todas y cada una de las facultades señaladas en la cláusula Sexta del Estatuto Social”. En lo no modificado, siguen vigentes las estipulaciones del pacto social. Las demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Coquimbo, 06 de agosto de 2025.