MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL Y SERVICIOS ZIVA LIMITADA

RUT 76653500-3 CVE 2689023
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de agosto de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de agosto de 2025
Notario
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27º Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) Explotación, en todas sus formas, de estaciones de servicios y)o centros de servicio automotriz, incluidos servicios de carga eléctrica, electrolineras, garajes y servicios complementarios como lavado y lubricación, por cuenta propia o de terceros; b) Compraventa, comercialización, distribución, importación y exportación de toda clase de bienes y equipos, en especial combustibles líquidos y)o gaseosos, entre los últimos gas licuado y gas natural, lubricantes, aditivos, vehículos, repuestos, neumáticos, baterías y todo tipo de accesorios, incluidos taller mecánico y el arrendamiento, leasing y la compraventa de todo tipo vehículos y maquinarias, como de sus partes y piezas; c) Realización de actos y contratos relacionados con los anteriores, como rutacentros, minimarket, restoranes, cafeterías, fuentes de soda, tiendas de conveniencia y de cualquier otra naturaleza, comprendiendo la elaboración, venta y distribución de todo tipo de alimentos y sus servicios relacionados u otros de naturaleza parecida como también la comercialización al por menor de todo tipo de bienes, mercancías y productos, principalmente alimentos, bebidas y tabacos, en puestos, stands o locales, incluido el delivery, reparto o entrega a domicilio; d) Comercio electrónico o e-commerce y otros canales de venta, como marketplace y dropshipping; e) Recepción, registro, despacho, transporte, distribución y entrega de todo tipo de correspondencia, incluidas encomiendas y otros bienes y mercancías, como cualquier servicio o actividad complementaria y)o relacionada; f) Transporte en general, en vehículos u otros medios, propios o ajenos, de bienes y personas, dentro y fuera del territorio nacional; g) Representaciones, tanto nacionales como extranjeras; h) Servicios, asesorías y consultorías de toda naturaleza, particularmente en las áreas de finanzas, marketing y contabilidad; e, i) Demás negocios y)o servicios que los socios acuerden”; C) Reemplazar Cláusula o Artículo Sexto pacto social sobre administración de la sociedad, estableciendo que la administración de la sociedad, su representación y uso de la razón social corresponderá a los socios CRISTIÁN PABLO BUNSTER PRIETO y MARÍA CAROLINA MONTERO GONZÁLEZ, actuando separada e indistintamente con las más amplias facultades de administración y disposición que en la propia cláusula o artículo se expresan, indicándose aquellos actos o contratos que requieren la concurrencia de ambos administradores; y, D) Agregar en Cláusula o Artículo Décimo siguiente párrafo final: “En el evento que fallezca uno de los socios que administra la Sociedad, las facultades de administración del sobreviviente no tienen limitación alguna”. En todo lo que no se modifica, siguen vigentes estipulaciones pacto social y sus modificaciones. Santiago, 13 de Agosto de 2025

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular 27º Notaria Santiago, con oficio en calle Orrego Luco Nº 0153, comuna de Providencia, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 11 de Agosto de 2025, otorgada ante mí, CRISTIÁN PABLO BUNSTER PRIETO y MARÍA CAROLINA MONTERO GONZÁLEZ, ambos domiciliados esta ciudad, Camino San Francisco de Asís 2.100, casa 31, Comuna Las Condes, modifican “COMERCIAL Y SERVICIOS ZIVA LIMITADA”, constituida escritura pública otorgada Notaría Santiago de Eduardo Avello Concha 24 julio de 2006, RUT 76.653.500-3, cuyo extracto se inscribió a Fs. 30.984, N° 21.637 Registro Comercio CBR Santiago 2006 y publicó en Diario Oficial 14 agosto 2006. Modificación social, motivo presente extracto, consiste: A) Aumentar capital social a $40.000.000.-, manteniendo participaciones sociales. En virtud de ello se reemplaza Cláusula o Artículo Cuarto pacto social sobre capital por: “CUARTO: Capital Social. El capital de la sociedad es la suma de $40.000.000.-, que los socios aportan e ingresan en este acto en la caja social en dinero efectivo como sigue: Don CRISTIÁN PABLO BUNSTER PRIETO $24.000.000.-; y doña MARÍA CAROLINA MONTERO GONZÁLEZ $16.000.000.-“; B) Actualizar objeto social con nuevas actividades y negocios para lo cual sustituyen Cláusula o Artículo Segundo pacto social por siguiente: “SEGUNDO: Objeto social. El objeto de la sociedad será: a) Explotación, en todas sus formas, de estaciones de servicios y/o centros de servicio automotriz, incluidos servicios de carga eléctrica, electrolineras, garajes y servicios complementarios como lavado y lubricación, por cuenta propia o de terceros; b) Compraventa, comercialización, distribución, importación y exportación de toda clase de bienes y equipos, en especial combustibles líquidos y/o gaseosos, entre los últimos gas licuado y gas natural, lubricantes, aditivos, vehículos, repuestos, neumáticos, baterías y todo tipo de accesorios, incluidos taller mecánico y el arrendamiento, leasing y la compraventa de todo tipo vehículos y maquinarias, como de sus partes y piezas; c) Realización de actos y contratos relacionados con los anteriores, como rutacentros, minimarket, restoranes, cafeterías, fuentes de soda, tiendas de conveniencia y de cualquier otra naturaleza, comprendiendo la elaboración, venta y distribución de todo tipo de alimentos y sus servicios relacionados u otros de naturaleza parecida como también la comercialización al por menor de todo tipo de bienes, mercancías y productos, principalmente alimentos, bebidas y tabacos, en puestos, stands o locales, incluido el delivery, reparto o entrega a domicilio; d) Comercio electrónico o e-commerce y otros canales de venta, como marketplace y dropshipping; e) Recepción, registro, despacho, transporte, distribución y entrega de todo tipo de correspondencia, incluidas encomiendas y otros bienes y mercancías, como cualquier servicio o actividad complementaria y/o relacionada; f) Transporte en general, en vehículos u otros medios, propios o ajenos, de bienes y personas, dentro y fuera del territorio nacional; g) Representaciones, tanto nacionales como extranjeras; h) Servicios, asesorías y consultorías de toda naturaleza, particularmente en las áreas de finanzas, marketing y contabilidad; e, i) Demás negocios y/o servicios que los socios acuerden”; C) Reemplazar Cláusula o Artículo Sexto pacto social sobre administración de la sociedad, estableciendo que la administración de la sociedad, su representación y uso de la razón social corresponderá a los socios CRISTIÁN PABLO BUNSTER PRIETO y MARÍA CAROLINA MONTERO GONZÁLEZ, actuando separada e indistintamente con las más amplias facultades de administración y disposición que en la propia cláusula o artículo se expresan, indicándose aquellos actos o contratos que requieren la concurrencia de ambos administradores; y, D) Agregar en Cláusula o Artículo Décimo siguiente párrafo final: “En el evento que fallezca uno de los socios que administra la Sociedad, las facultades de administración del sobreviviente no tienen limitación alguna”. En todo lo que no se modifica, siguen vigentes estipulaciones pacto social y sus modificaciones. Santiago, 13 de Agosto de 2025.