CARLOS ANIBAL QUINTANA MAUREIRA SOCIEDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de agosto de 2025
- Notario
- DENISE FAJARDO FAJARDO
- Domicilio
- titular don FRANCISCO MARTINEZ TORRES
Sociedad
- Capital
- $40.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDENISE FAJARDO FAJARDO, Notario Público Suplente del titular don FRANCISCO MARTINEZ TORRES, Notario de la sexta notaría de Antofagasta, domiciliado en calle Arturo Prat N° 470 Local 3. CERTIFICA: Que, por escritura pública de fecha 1 de agosto del año 2025, CARLOS ANIBAL QUINTANA MAUREIRA, empresario, domicilio calle General Velásquez número ochocientos veintiséis, Antofagasta, CARLOS RODRIGO QUINTANA ARAYA, ingeniero, domicilio calle General Velásquez número ochocientos veintiséis, Antofagasta y XIMENA LORENA QUINTANA ARAYA, diseñadora gráfica, domicilio calle Subida del Desierto número trescientos diez, departamento número trescientos seis, Antofagasta, modifican sociedad CARLOS ANIBAL QUINTANA MAUREIRA SOCIEDAD LIMITADA O “EL ARRAYAN EVENTOS LIMITADA”, constituida escritura pública 06 diciembre 2012, ante Notario Público de Antofagasta Julio Abasolo Aravena. Inscrita fjs.3717 N° 2432 Registro de Comercio de Antofagasta año 2012. MODIFICACIÓN CONSISTE: Socio CARLOS ANIBAL QUINTANA MAUREIRA con consentimiento expreso de socia XIMENA LORENA QUINTANA ARAYA, vende, cede y transfiere un treinta y tres coma treinta y tres por ciento de los derechos de que es titular en la sociedad a don CARLOS RODRIGO QUINTANA ARAYA, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Como consecuencia de la compra y cesión quedan como socios de la sociedad, Carlos Aníbal Quintana Maureira con un cincuenta por ciento de los derechos sociales, doña Ximena Lorena Quintana Araya con un veinticinco por ciento de los derechos sociales y Carlos Quintana Araya con un veinticinco por ciento de los derechos sociales. Los socios modifican la sociedad en lo relativo a la administración, representación, uso de la razón social y nombre de fantasía, la que corresponderá a los socios CARLOS ANIBAL QUINTANA MAUREIRA, CARLOS RODRIGO QUINTANA ARAYA Y XIMENA LORENA QUINTANA ARAYA. En consecuencia, cada uno de los socios, actuando conjunta o separadamente e indistintamente y anteponiendo la razón social a sus firmas, tendrán todas y cada una de las facultades de cláusula cuarta pacto social. Además, cada uno podrá realizar toda clase de actos, y firmar toda clase de documentos, aunque no estén taxativamente dichos en tal cláusula, sin más limitación que la de no enajenar bienes raíces y no constituir en aval, fiador o codeudor solidario a la sociedad, para lo cual se requerirá la concurrencia de al menos dos de los socios ya referidos. En lo no modificado se mantiene vigentes demás estipulaciones del pacto social de la sociedad y sus correspondientes modificaciones. Capital: $40.000.000.- Antofagasta, 13 de agosto 2025.