MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGÜERO Y AGÜERO LIMITADA

RUT 77423800-K CVE 2689291
Fecha instrumento
13 de junio de 2014

Instrumento

Fecha
13 de junio de 2014
Repertorio
863-2025
Notario
Claudio Alejandro Cabello Olavarría
Domicilio
Quellón

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ERO AGUILA socio 4234982-8
ERO VILLACEN socio 10922574-6
ERO SANTANA socio 17288763-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Claudio Alejandro Cabello Olavarría, Notario Público de Quellón, con domicilio en Avenida La Paz N°302, ciudad de Quellón; Certifica: Con fecha 14 de agosto de 2.025, por escritura pública repertorio N°863- 2025, don RAMÓN HERNÁN AGÜERO AGUILA, chileno, casado, comerciante, RUN 4.234.982-8, domiciliado en sector rural Coinco sin número, comuna de Quellón, don JOSÉ RAMÓN AGÜERO VILLACEN, chileno, soltero, empleado particular, RUN 10.922.574-6, domiciliado en Luis Alcázar 555, comuna de Quellón, don RAMÓN JOAQUÍN AGÜERO OYARZÚN, chileno, soltero, estudiante y trabajador independiente, RUN 20.927.487-6, domiciliado en pasaje Entel 728, comuna de Quellón, y don JOSÉ LUIS AGÜERO SANTANA, chileno, soltero, empleado, RUN 17.288.763-5, domiciliado en pasaje Amador Cárdenas 785, comuna de Quellón; modifican sociedad de responsabilidad limitada, AGÜERO Y AGÜERO LIMITADA", rut 77.423.800-K, constituida por escritura pública de fecha 28 de marzo de dos mil 2000, otorgada ante el Notario Público de Quellón, don Pedro Hernán Larrere Castro, " y modificada mediante escritura pública de 13 junio 2014, inscrita a fojas 25, número 12 del Registro Comercio del Conservador de Quellón del año 2000. A través de este acto, don RAMÓN HERNÁN AGUERO AGUILA, cede, vende y transfiere la totalidad de los derechos sociales de los que es titular en la sociedad "AGÜERO Y AGÜERO LIMITADA", equivalentes a 1% del total del capital social, a los cesionarios, don RAMON JOAQUIN AGÜERO OYARZÚN y a don JOSE LUIS AGÜERO SANTANA quienes adquieren para sí, en partes iguales, los derechos sociales cedidos. El precio de la cesión asciende a la suma de quinientos mil pesos ($500.000), pagado al contado. Sociedad “"AGÜERO Y AGÜERO LIMITADA", queda formada: Uno) JOSÉ RAMÓN AGUERO VILLACEN: Un noventa y nueve por ciento (99%) de los derechos sociales; Dos) RAMON JOAQUIN AGÜERO OYARZUN: Un cero coma cinco por ciento (0,5%) de los derechos sociales, y Tres) JOSE LUIS AGÜERO SANTANA: Un cero coma cinco por ciento (0,5%) de los derechos sociales, el capital social de la sociedad asciende a la suma de cinco millones de pesos. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en la escritura social extractada. Quellón, 19 de agosto de 2.025.