SERVICIOS PROFESIONALES ALTECH LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de agosto de 2025
- Repertorio
- 4993-2025
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la 26° Notaría de Santiago, ubicada en Avenida Apoquindo N° 3196, comuna de Las Condes, certifica: Que con fecha 31 de julio del 2025, Repertorio N° 4993-2025, ante mi suplente FELIPE ANDRES BASCUÑAN LIRA, don ENRIQUE ULISES SALAS ECHEVERRÍA, domiciliado en calle Pica, N° 6.637, comuna de Huechuraba, y LUIS EMILIO CRUZ CAMPOS, domiciliado en calle José María Narbona, N° 4.986, comuna de Ñuñoa, Santiago, acordaron, modificar SERVICIOS PROFESIONALES ALTECH LIMITADA, inscrita a fojas 51.548, número 20.960, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2024, en los siguientes sentidos: 1) ENRIQUE ULISES SALAS ECHEVERRÍA, vende, cede y transfiere a LUIS EMILIO CRUZ CAMPOS derechos sociales representativos de un cuarenta por ciento (40%) de participación en el capital social total, quedando este último con un ochenta y nueve coma nueve por ciento (89,9%) del capital social total, y ENRIQUE ULISES SALAS ECHEVERRÍA con un diez coma uno por ciento (10,1%). El precio de la cesión asciende a un peso, que el Cesionario pagó al Cedente al contado y en dinero efectivo. 2) Se sustituye el articulo Quinto del estatuto social, por el siguiente “ARTÍCULO QUINTO: El capital será la suma de un millón de pesos, el cual se aportará y pagará por los socios, de la siguiente manera: A) Don LUIS EMILIO CRUZ CAMPOS, aportará y pagaré en dinero a la Sociedad, en un plazo máximo de cinco años a contar de la fecha de constitución de la sociedad, la suma de ochocientos noventa y nueve mil pesos, representativos de un ochenta y nueve coma nueve por ciento del capital social total; y B) Don ENRIQUE ULISES SALAS ECHEVERRÍA, aportará y pagará en dinero a la Sociedad, en un plazo máximo de cinco años a contar de la fecha de constitución de la sociedad, la suma de ciento un mil pesos, representativos de un diez coma uno por ciento del capital social total. En consecuencia, el capital social se aportará y pagará por los socios en la forma antes indicada.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de agosto de 2025. Humberto Quezada Notario Público.