QUICK RENTAL ARRIENDOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de agosto de 2025
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Domicilio
- Su domicilio es la comuna de Temuco, Novena Región de la Araucanía
- Duración
- La sociedad empezará a regir desde la fecha de suscripción de la presente escritura y tendrá una duración de diez años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, forma estipulada en escritura
Objeto social
El objeto de la sociedad es a) compraventa de vehículos motorizados; b) comercialización e importación de partes y repuestos automotrices; c) arriendo de vehículos motorizados y maquinarias; d) Servicios de renta car y e) El desarrollo de cualquier otra actividad comercial o rubro que decidan explotar los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha catorce de Agosto de dos mil veinticinco, ante mí, “INVERSIONES ALMIN LIMITADA”, persona jurídica derecho privado, del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y seis millones setecientos trece mil doscientos noventa y cuatro guión ocho, representada por don FREDDY ALEJANDRO ALBORNOZ BADILLA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad número nueve millones novecientos veinticinco mil ciento trece guión uno, ambos con domicilio en calle Balmaceda número novecientos noventa y cinco de la ciudad de Temuco; e “INVERSIONES RENTASUR LIMITADA”, persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y siete millones novecientos nueve mil veintidós guión uno, representada por don NELSON EDDIE ALBORNOZ BADILLA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero, cédula de identidad número nueve millones novecientos veintinueve mil noventa y uno guión nueve; ambos con domicilio en calle Arturo Prat número setecientos ochenta oficina trescientos diez de la ciudad de Temuco, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada.- RAZON SOCIAL: “QUICK RENTAL ARRIENDOS LIMITADA”, nombre de fantasía, “Quick Rental Ltda”. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá conjunta, o separada e indistintamente a don FREDDY ALEJANDRO ALBORNOZ BADILLA, y a don NELSON EDDIE ALBORNOZ BADILLA, facultades en pacto social.- CAPITAL: QUINCE MILLONES DE PESOS, el que será aportado como sigue: A) “INVERSIONES ALMIN LIMITADA”, aporta la suma de SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, que entera de la siguiente manera: Con la suma de quinientos mil pesos, que en acto escritura ingresa en caja social en dinero en efectivo y el saldo de siete millones de pesos, dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de la constitución en dinero en efectivo u otros bienes de interés social; B) “INVERSIONES RENTASUR LIMITADA”, aporta la suma de SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, que entera de la siguiente manera: Con la suma de quinientos mil pesos, que en acto escritura ingresa en caja social en dinero en efectivo y el saldo de siete millones de pesos, dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de la constitución en dinero en efectivo u otros bienes de interés social. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes en el capital social.- OBJETO: El objeto de la sociedad es a) compraventa de vehículos motorizados; b) comercialización e importación de partes y repuestos automotrices; c) arriendo de vehículos motorizados y maquinarias; d) Servicios de renta car y e) El desarrollo de cualquier otra actividad comercial o rubro que decidan explotar los socios. DURACION: La sociedad empezará a regir desde la fecha de suscripción de la presente escritura y tendrá una duración de diez años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, forma estipulada en escritura.- DOMICILIO: Su domicilio es la comuna de Temuco, Novena Región de la Araucanía, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que pueda establecer en el resto del país.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 19 de Agosto de 2025.-