MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IO SKATEPARKS & RAMPS LIMITADA

RUT 59232300-1 CVE 2688295
Capital
$200.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEEP
Oficio
40° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$200.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEEP, Notario Público Interino de 40° Notaría de Santiago, Teatinos 332, certifico que, por escritura pública de hoy, ante mí, IO SKATERPARKS & RAMPS SL, sociedad limitada con rol único tributario de inversionista extranjero número 59.232.300-1, domiciliada en Av El Bosque N° 2173, comuna de Providencia, Región Metropolitana; don CHRISTIAN ANDRES MATELUNA ESPEJO, domiciliado en calle Virginia Subercaseaux número 20, comuna de Pirque, Región Metropolitana; y don SERGIO DE LA FUENTE RUIZ LARREA, domiciliado en calle Helsby 10010, comuna de La Reina, Región Metropolitana; acordaron cesiones y modificaciones en la “IO SKATEPARKS & RAMPS LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago, a fojas 56.382 Nº 22.934 del año 2024. Cesión: Christian Andrés Mateluna Espejo cede y transfiere a Sergio de la Fuente Ruiz Larrea la totalidad de su participación social, que corresponde a un 15% en el capital social. El precio de esta cesión es la suma $200.000, que el cesionario paga al cedente, en este acto, en su totalidad. Modificaciones al estatuto social: A) Se retira de la sociedad don Christian Andrés Mateluna Espejo e ingresa como socio don Sergio de la Fuente Ruiz Larrea, a contar de esta fecha; B) La participación en el capital social queda distribuida de la siguiente manera: 1.- IO Skateparks & Ramps SL con el 85%; y 2.- Sergio de la Fuente Ruiz Larrea con el 15% restante. C) El uso de la razón y administración la tendrá el socio Sergio de la Fuente Ruiz Larrea, quien tendrá todas y cada una de las facultades detalladas en el estatuto social. D) La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes; y E) En todo lo demás queda vigente el estatuto social original y sus modificaciones que no sean incompatibles con las modificaciones acordadas en el presente instrumento. Santiago, 09 de Julio de 2025.