INMOBILIARIA AURORA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de julio de 2025
- Repertorio
- 1499
- Notario
- RUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCÍA
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $150.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Iquique
- Duración
- 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, renovable
Objeto social
a) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, leasing y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces e inmuebles, y el loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, la administración y percepción de sus frutos, todo ello sea por cuenta propia o ajena; b) La inversión en toda clase de bienes raíces o inmuebles y bienes corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro y subsidios, cuotas y derechos en todo tipo de sociedades, comunidades y asociaciones, y en toda clase de títulos y valores mobiliarios, todos por cuenta propia o ajena; y, c) Cualquier otro que los socios acordaren que esté directa o indirectamente relacionada o se estimare complementaria o conexa con el giro principal
Administración
Corresponderá a don SERGIO ALEJANDRO TORRE CORDANO
Personas y entidades (5)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Don SERGIO ÁNGEL TORRE SAAVEDRA | socio | 4680882-7 | — | — | Dunas del Mar |
| SERGIO ALEJANDRO TORRE CORDANO | socio | 13640649-3 | — | — | Dunas del Mar |
| MACARENA ALICIA TORRE CORDANO | socio | 18263396-8 | — | — | |
| MARCELA ALEJANDRA ARAYA CORDANO | socio | 12241845-6 | — | — | |
| JAVIER IGNACIO TORRE CORDANO | socio | 14105862-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCÍA, Notario Público Interino Iquique, Patricio Lynch 525, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de julio de 2025, repertorio N°1499: Don SERGIO ÁNGEL TORRE SAAVEDRA, RUT 4.680.882-7, con domicilio en Pasaje C N°3820, Dunas del Mar, Iquique; SERGIO ALEJANDRO TORRE CORDANO, RUT 13.640.649-3, con domicilio en Pasaje C N°3820, Dunas del Mar, Iquique, por sí y en representación de MACARENA ALICIA TORRE CORDANO, RUT 18.263.396-8, con domicilio en Condell N°25 dpto. 35, Providencia, Santiago; MARCELA ALEJANDRA ARAYA CORDANO, RUT 12.241.845-6, domiciliada en 27 de Abril s/N, Pica; y, JAVIER IGNACIO TORRE CORDANO, RUT 14.105.862-2, domiciliado en Tongoy N°7518, Cerrillos, Santiago, sanearon la sociedad de responsabilidad limitada, de fecha veinticinco de marzo de dos mil veinticinco, otorgada por escritura pública en esta Notaría de don Rubén Escobar García, anotada en el repertorio bajo número quinientos setenta y seis. Razón social: Inmobiliaria Aurora Limitada. Objeto social: a) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, leasing y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces e inmuebles, y el loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, la administración y percepción de sus frutos, todo ello sea por cuenta propia o ajena; b) La inversión en toda clase de bienes raíces o inmuebles y bienes corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro y subsidios, cuotas y derechos en todo tipo de sociedades, comunidades y asociaciones, y en toda clase de títulos y valores mobiliarios, todos por cuenta propia o ajena; y, c) Cualquier otro que los socios acordaren que esté directa o indirectamente relacionada o se estimare complementaria o conexa con el giro principal. Administración y Uso de la Razón Social: Corresponderá a don SERGIO ALEJANDRO TORRE CORDANO.- Capital: El capital social asciende a la suma de $150.000.000.- que ha sido íntegramente suscrito, enterado y pagado por los socios en los siguientes montos y proporciones: Sergio Ángel Torre Saavedra, 48.89% mediante el aporte de sus derechos sobre el inmueble de calle Bulnes N°790, Iquique; y los restantes socios: 12.78% cada uno, aportando $10.000.000.- en efectivo y sus correspondientes derechos hereditarios sobre el mismo inmueble.- Domicilio: Ciudad de Iquique. Duración: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, renovable. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, dieciocho de agosto de dos mil veinticinco.