Haras Santa Mariana Limitada
Instrumento
- Fecha
- 10 de julio de 2025
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $70.827 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea N° 3.477, oficina N° 10, comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública otorgada el 10 de julio de 2025, ante mí, don José Manuel Salgado Gil, domiciliado en Santiago, calle Francisco de Riveros número 4.477, departamento número 25, comuna de Vitacura, don Pablo Rafael Salgado Durango, domiciliado en Santiago, Avenida Panorámica Sur número 11.929, comuna de Lo Barnechea, don Pedro Pablo Salgado Gil, del mismo domicilio anterior, don Felipe Andrés Salgado Gil, del mismo domicilio anterior, doña María de los Ángeles Salgado Gil, del mismo domicilio anterior, don Nicolás Antonio Salgado Gil, del mismo domicilio anterior, doña María Gracia Salgado Gil, del mismo domicilio anterior, y doña María Cecilia Gil Zabala, del mismo domicilio anterior, modificaron la sociedad denominada Haras Santa Mariana Limitada, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca, a fojas 10 vuelta, número 9 del año 1999, en el siguiente sentido: 1) Don Pablo Rafael Salgado Durango donó, por mera liberalidad e irrevocablemente, a cada uno de sus hijos, la totalidad de sus derechos en la sociedad, y que corresponden al 36,33% del capital social de la misma, representados por una cuota de $70.827.467 en el capital social, como sigue: a) a don Pedro Pablo Salgado Gil, derechos sociales equivalentes aproximadamente al 6,05% del capital total de la compañía; b) a don José Manuel Salgado Gil, derechos sociales equivalentes aproximadamente al 6,05% del capital total de la compañía; c) a don Felipe Andrés Salgado Gil, derechos sociales equivalentes aproximadamente al 6,05% del capital total de la compañía; d) a doña María de los Ángeles Salgado Gil, derechos sociales equivalentes aproximadamente al 6,05% del capital total de la compañía; e) a don Nicolás Antonio Salgado Gil, derechos sociales equivalentes aproximadamente al 6,05% del capital total de la compañía; y f) a doña María Gracia Salgado Gil, derechos sociales equivalentes aproximadamente al 6,05% del capital total de la compañía. 2) Como consecuencia de lo anterior, se sustituye el texto de la cláusula cuarta del estatuto social vigente por el que sigue: “CUARTO: El capital de la sociedad es la suma $194.958.213, que corresponde a los actuales socios como sigue: a) don Pedro Pablo Salgado Gil, $11.804.577; b) don José Manuel Salgado Gil, $11.804.577; c) don Felipe Andrés Salgado Gil, $11.804.578; d) doña María de los Ángeles Salgado Gil, $11.804.578; e) don Nicolás Antonio Salgado Gil, $11.804.578; f) doña María Gracia Salgado Gil, $11.804.578; y g) doña María Cecilia Gil Zabala, $124.130.747”. 3) A su vez, se sustituye el texto de la cláusula tercera del estatuto social vigente por el que sigue: TERCERO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá indistintamente a don Pablo Rafael Salgado Durango y a doña María Cecilia Gil Zavala. En caso de ausencia o impedimento de los administradores designados, hecho que no será necesario acreditar ante terceros, la administración y el uso de la razón social corresponderá a tres cualesquiera de los señores don Pedro Pablo Salgado Gil, don José Manuel Salgado Gil, don Felipe Andrés Salgado Gil, doña María de los Ángeles Salgado Gil, don Nicolás Antonio Salgado Gil y doña María Gracia Salgado Gil, quienes anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con todas las facultades establecidas en la cláusula décimo primera del estatuto social. Esta designación no es esencial”. Santiago, 22 de julio de 2025.