EMPRESA ELÉCTRICA PEHUENCHE S.A.
Instrumento
- Fecha
- 24 de abril de 2025
- Repertorio
- 6691-2025
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Domicilio
- con oficina en Huérfanos 979
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público, con oficina en Huérfanos 979, oficina 501, comuna y ciudad de Santiago, certifica: con fecha 12 de mayo de 2025, repertorio 6691-2025, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Empresa Eléctrica Pehuenche S.A., Rol Único Tributario número 91.081.000-6, celebrada con fecha 24 de abril de 2025, en la cual se acordó, entre otras cosas, la modificación de los estatutos sociales y la adopción de su texto refundido. Las modificaciones aprobadas incluyen: a) Actualizar el Título Primero “Denominación, Domicilio, Duración y Objeto” para precisar la redacción del objeto social; b) Actualizar el Título Segundo “Capital y Acciones” para expresar el capital en dólares como moneda funcional; c) Actualizar el Título Tercero “Administración de la Sociedad” para optimizar inhabilidades, designación y atribuciones del Gerente General; d) Actualizar el Título Cuarto “Juntas de Accionistas” para precisar materias, objeto y términos de las juntas; e) Actualizar el Título Quinto “Balance y Distribución de Utilidades” para ajustar la redacción estatutaria; f) Actualizar el Título Sexto “Procedimiento Concursal de Liquidación, Disolución y Liquidación” conforme a la normativa aplicable. Se reemplazaron, entre otros, los siguientes artículos que se relacionan con el nombre, objeto, domicilio, duración, capital, número de acciones, series, privilegios, valor nominal, y capital suscrito y pagado: Artículo primero: Se constituye una sociedad anónima bajo la denominación de "EMPRESA ELÉCTRICA PEHUENCHE S.A.", la que podrá también usar o identificarse, para efectos de publicidad, propaganda u operaciones de banco, con la sigla "PEHUENCHE S.A.", y la cual se regirá por las disposiciones de los presentes estatutos y, en el silencio de ellos, por las normas de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, en adelante la "Ley" y su reglamento, en lo sucesivo el "Reglamento" y demás disposiciones aplicables a este tipo de sociedades. Artículo segundo: El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales que establezca en otros puntos del país. Artículo tercero: La sociedad tendrá una duración indefinida. Artículo cuarto: El objeto de la sociedad será la generación, transporte y suministro de energía eléctrica, pudiendo para tales efectos adquirir y gozar de las concesiones y mercedes respectivas. Sin que ello signifique una limitación de la generalidad de lo anterior, el objeto de la sociedad incluirá con el carácter de preferente la construcción, operación y mantenimiento de Centrales Hidroeléctricas en el sector denominado Pehuenche o Paso Nevado, en la hoya del Río Maule, Séptima Región. Tendrá también como objeto adquirir, diseñar, construir, mantener y explotar obras de infraestructura civiles o hidráulicas directamente relacionadas con concesiones de obras públicas; explotar los bienes que conforman su activo; realizar inversiones, desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en el campo energético y en aquellas actividades o productos relacionados directamente con la energía; realizar inversiones, desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en procesos industriales en que la energía eléctrica sea esencial, determinante y tenga un uso intensivo en dichos procesos. Además, la sociedad podrá invertir en bienes inmuebles y en activos financieros, títulos o valores mobiliarios, derechos en sociedades y documentos mercantiles en general, siempre y cuando se relacionen con el objeto social, pudiendo adquirirlos, administrarlos y enajenarlos. Artículo quinto: El capital de la sociedad es la suma de ciento setenta y seis millones trescientos noventa y nueve mil trescientos setenta y cuatro coma cincuenta y dos dólares estadounidenses (USD 176.399.374,52), dividido en seiscientos doce millones seiscientas veinticinco mil seiscientas cuarenta y una acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Conforme a la escritura pública complementaria de fecha 12 de junio de 2025, repertorio 8519-2025, otorgada ante el mismo notario, dicho capital equivale a ciento setenta y cinco mil setecientos sesenta y dos millones quinientos setenta y cinco mil quinientos ochenta y tres pesos chilenos (CLP 175.762.575.583), calculado al tipo de cambio de "Dólar Observado" de 996,46 CLP/USD publicado por el Banco Central de Chile para el 2 de enero de 2025. Artículo sexto: No hay series de acciones ni privilegios. La forma de los títulos de las acciones, su emisión, canje, inutilización, extravío, reemplazo y demás circunstancias de los mismos, así como la transferencia de las acciones, se regirán por lo dispuesto en la Ley y el Reglamento. Las acciones de la sociedad podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. El texto refundido de los estatutos sociales, que incluye las modificaciones señaladas y las demás disposiciones aprobadas, consta en la escritura pública de 12 de mayo de 2025, repertorio 6691-2025. La escritura complementaria de 12 de junio de 2025, repertorio 8519-2025, se otorgó únicamente para precisar el equivalente en pesos chilenos del capital social, en ejercicio de las facultades conferidas en la Junta Extraordinaria del 24 de abril de 2025, sin constituir una nueva reducción a escritura pública. Se autoriza al portador de una copia autorizada de ambas escrituras para realizar las inscripciones, subinscripciones y anotaciones necesarias en el Registro de Comercio de Santiago y las publicaciones correspondientes en el Diario Oficial. Santiago, 11 de Julio 2025. IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular.