MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INGENIERÍA SETH LIMITADA

RUT 77235513-0 CVE 2687989
Capital
$2.000.000 CLP
Notaría
Antofagasta y Conservador de
Duración
Indefinida

Instrumento

Comuna
Antofagasta y Conservador de

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
La ciudad de Antofagasta
Duración
Indefinida

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
YUBITZA ARACELLY MENESES CARRIZO socio 15813383-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO ALEJANDRO ABASOLO ARAVENA 2ª Notaría de Antofagasta y Conservador de Minas, Washington N°2653, CERTIFICA: Por escritura pública, hoy ante mí: don RODOLFO ANDRÉS JARA ROJAS, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad 15.088.333-4, con domicilio en calle General Velásquez número ochocientos noventa, local tres, Antofagasta; y doña YUBITZA ARACELLY MENESES CARRIZO, chilena, casada, profesora, Cédula Nacional de Identidad número 15.813.383-0, domiciliada en calle Travesía de la Plaza número cero tres mil quinientos-B, de la ciudad y comuna de Antofagasta; ambos mayores de edad. Estos vienen en modificar la “SOCIEDAD DE INGENIERÍA SETH LIMIDADA”, RUT 77.235.513-0, por “SOCIEDAD DE INGENIERÍA SETH SpA”. El socio don RODOLFO ANDRÉS JARA ROJAS, ya individualizado, vende, cede, y transfiere la totalidad de sus derechos sociales de que es titular en la “SOCIEDAD DE INGENIERIA SETH LIMITADA”, a doña YUBITZA ARACELLY MENESES CARRIZO, quien compra y acepta para sí dichos derechos sociales. El precio de la venta y cesión asciende a la suma de un millón de pesos, pagado por la adquiriente, en este acto, al contado y en dinero en efectivo al vendedor, declarando este haberlos recibidos a su entera conformidad, dando por pagado el precio de la transferencia. Producto de la venta anterior, el cien por ciento de los derechos sociales quedan reunidos en doña YUBITZA ARACELLY MENESES CARRIZO. Transformación de la Sociedad: Que, en virtud de la cesión de derechos anterior, se transforma la presente “SOCIEDAD DE INGENIERÍA SETH LIMITADA” en una sociedad por acciones, que se regirá por las disposiciones que se contienen en los presentes estatutos, y lo dispuesto en el artículo diecisiete e la Ley veinte mil ciento noventa, que modifico los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguiente del Código de Comercio y en subsidio, regirán las normas establecidas en la ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedades anónimas, y en especial, los siguientes estatutos: TÍTULO PRIMERO: ESTATUTO SOCIAL: ARTICULO PRIMERO “SOCIEDAD DE INGENIERÍA SETH SpA”, sin embargo podrá operar, contratar, funcionar y actuar para fines bancarios, tributarios, comerciales y de promoción publicitaria, y en general con toda clase de personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, con el nombre de fantasía de “SETH SpA”. ARTICULO SEGUNDO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Antofagasta, Segunda Región. Sin embargo, la administración podrá establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero. ARTÍCULO TERCERO: La sociedad comenzará a regir como Sociedad por Acciones desde este acto, y su duración será indefinida. ARTICULO CUARTO: El objeto de la empresa será la prestación por cuenta propia o ajena de servicios de ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica; prestación de servicios a la minería; ferretería; venta de componentes y equipos eléctricos, electrónicos e industriales; venta de artículos de ferretería y materiales de construcción, representación y comercialización de cualquier clase de productos, bienes o servicios relacionados con la actividad; maestranza; fabricación de maquinaria para la conformación de metales y de máquinas de herramientas, fabricación de maquinaria metalúrgicas, fabricación de maquinaria para la explotación de minas y canteras; instalación de maquinaria y equipos industriales, reparación de otros tipos de equipo; representaciones y administración de negocios propios o de terceros. En general la empresa podrá realizar toda actividad directa o indirectamente relacionada con los objetos señalados, ya sea en locales propios o ajenos y en general toda actividad conexa o relacionada en la actualidad o en el futuro con la anterior. La sociedad podrá participar en otras sociedades u otras personas jurídicas o empresas, asociaciones, comunidades, agrupaciones o entidades de cualquier naturaleza, tipo u objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los socios, incluso asumiendo la administración de tales entidades. TITULO SEGUNDO: DEL CAPITAL SOCIAL.- ARTICULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El Capital queda totalmente suscrito y pagado en este acto en efectivo, ingresando al haber social. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno. TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN SOCIAL.- ARTÍCULO SEXTO: REPRESENTACIÓN ANTE EL SII Y GERENTE GENERAL: La representante ante el Servicio de Impuesto Interno es doña YUBITZA ARACELLY MENESES CARRIZO, ya individualizada, quien anteponiendo la razón social a su firma personal, podrán válidamente obligar a la sociedad y usar de las más amplias facultades. Capital: $2.000.000. El capital de la Sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El Capital queda totalmente suscrito y pagado en este acto en efectivo, ingresando al haber social. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno. Plazo: Indefinida. Domicilio: La ciudad de Antofagasta. Demás estipulaciones constan en el pacto social. Antofagasta, 06 de Agosto de 2025.