SOCIEDAD AGRÍCOLA, INMOBILIARIA Y COMERCIAL UGALDE E HIJOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2025
- Notario
- GLORIA DEL PILAR JÁCOME SEPÚLVEDA
- Domicilio
- y Conservador de Bienes Raíces de Pirque con oficio en Camino El Llano N°10 Locales 13 y 14
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGLORIA DEL PILAR JÁCOME SEPÚLVEDA, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de Pirque con oficio en Camino El Llano N°10 Locales 13 y 14, Pirque Certifico que por escritura pública, REP. 672-2025 con fecha 15-07-2025, ante mí, compareció: don Claudio Enrique Ugalde Contreras, chileno, cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos dieciséis mil trescientos veintitrés guion cuatro, don Diego José Tomas Ugalde Otey, chileno, cédula nacional de identidad número dieciocho millones seiscientos treinta y siete mil trescientos diez guion tres, y don Benjamín Andrés Ugalde Rother, chileno, cédula nacional de identidad número catorce millones seiscientos dos mil seiscientos treinta y dos guion K, quien actuo por sí y en representación según se acreditaró de don Cristóbal Ignacio Ugalde Rother, chileno, cédula nacional de identidad número trece millones cuatrocientos treinta y tres mil sesenta y tres guion cinco, todos con domicilio para estos efectos en Máximo Valdés Número dos mil setecientos cinco , comuna de Pirque. Los comparecientes son los únicos socios de la sociedad denominada, “SOCIEDAD AGRÍCOLA, INMOBILIARIA Y COMERCIAL UGALDE E HIJOS LIMITADA” RUT: 76.128.059-7, que fue constituida con fecha diecinueve de noviembre del año dos mil diez, otorgada ante el Notario de la comuna de Santiago, don Félix Jara Cadot, bajo el número de repertorio (21916-2010), cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a Fojas 64.664 número 44.978, correspondiente al año 2010; y se publicó en el Diario Oficial de fecha veintitrés de diciembre del año dos mil diez. Don Claudio Enrique Ugalde Contreras, don Diego José Tomas Ugalde Otey, don Benjamín Andrés Ugalde Rother, y don Cristóbal Ignacio Ugalde Rother, son dueños del cien por ciento del capital, el cual se divide proporcionalmente y de conformidad a los estatutos, de la siguiente forma: 1) Claudio Enrique Ugalde Contreras, es dueño de un cincuenta por ciento del capital, 2) Diego José Tomas Ugalde Otey, es dueño de un uno coma sesenta y siete por ciento del capital, 3) Benjamín Andrés Ugalde Rother, es dueño de un veinticuatro coma diecisiete por ciento del capital, 4) Cristóbal Ignacio Ugalde Rother, es dueño de un veinticuatro coma diecisiete por ciento del capital.- Se deja constancia que el capital acreditado ante el notario que autoriza para efectos de la Ley Número veinte mil cuatrocientos noventa y cuatro es de treinta millones de pesos MODIFICACIÓN: Cesión de derechos: A) don Claudio Enrique Ugalde Contreras vende, cede y transfiere, la totalidad de sus derechos correspondiente al cincuenta por ciento del capital, valorados en veinte millones de pesos, a don Diego José Tomas Ugalde Otey, quien los compra y acepta para sí, quién los pagará en un plazo de diez años contados desde esta fecha.- En esta compraventa, y traspaso de derechos sociales, se comprenden todas las utilidades, saldos en cuentas corrientes, otros valores, créditos y activos o facultades que a cualquier título, y cualquiera sea su origen, tenga la parte cedente dentro de la sociedad o contra la misma, de tal forma que el cesionario de los derechos ocupará íntegramente el lugar y la posición del cedente dentro de la sociedad, o en relación con los demás socios, subrogándose unos a otros para todos los efectos legales contractuales. El cedente hace expresa declaración de que sus derechos se encuentran libres de todo gravamen, prohibición o limitación de dominio. Las partes cedente y cesionaria declaran cumplida cualquier promesa de compraventa que hubieren celebrado con anterioridad respecto de los derechos sociales de que se trata en la presente escritura y declaran que se otorgan el más amplio completo y total finiquito. Los antiguos socios aceptan y declaran su total conformidad con la cesión.- Como consecuencia de lo anterior la sociedad queda conformada por don Diego José Tomas Ugalde Otey, con el cincuenta y uno coma sesenta y siete por ciento del capital social, Benjamín Andrés Ugalde Rother, con el veinticuatro coma diecisiete por ciento del capital social, Cristóbal Ignacio Ugalde Rother, con el veinticuatro coma diecisiete por ciento del capital social. Los actuales socios declaran en forma unánime que la administración, representación y uso de la razón social quedarán conferidos de manera exclusiva a Don Claudio Enrique Ugalde Contreras, ya individualizado, quien ejercerá dichas funciones con las mismas facultades de administración y representación establecidas en el estatuto social. Demás cláusulas constan en escritura extractada. - Rep.672/2025 Pirque, 13/08/2025. DOY FE. -