INVERSIONES GRUPO LIHUEN G y G LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de agosto de 2025
- Repertorio
- 43213/2025
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Castro
- Duración
- 5 años desde fecha de escritura, renovándose automática y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de sus sucesivas prórrogas, mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al respectivo vencimiento
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la inversión y explotación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; b) la administración de dichos bienes o derechos, con el objeto de percibir sus frutos y rentas o reinvertirlos; c) La prestación de servicios y asesorías en el ámbito de arquitectura y construcción; y, d) cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores, tanto en Chile como en el extranjero
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán separada e indistintamente a doña Karen Vanessa Guerrero Ojeda y don Francisco Alexis Guzmán Pinda, quienes, actuando en la forma indicada, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, sin perjuicio de las limitaciones que se establecen en la cláusula séptima de la escritura en donde se requerirá su actuación en conjunto. Responsabilidad de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, domiciliado en Avenida Príncipe de Gales Nº 5841, comuna de La Reina, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 12 de agosto de 2025, repertorio N° 43.213/2025, Karen Vanessa Guerrero Ojeda y Francisco Alexis Guzmán Pinda, ambos domiciliados en Loteo Bosque Río parcela 19, sector Pastahue, Castro, Región de Los Lagos, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de la que extracto: Nombre: “INVERSIONES GRUPO LIHUEN G y G LIMITADA”, pudiendo actuar para todos los efectos, e incluso ante bancos, bajo el nombre de fantasía “GRUPO LIHUEN G y G LTDA.”. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Castro, sin perjuicio de los domicilios, agencias o sucursales que la sociedad pueda constituir dentro del país o en el extranjero. Objeto. El objeto de la sociedad será: a) la inversión y explotación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; b) la administración de dichos bienes o derechos, con el objeto de percibir sus frutos y rentas o reinvertirlos; c) La prestación de servicios y asesorías en el ámbito de arquitectura y construcción; y, d) cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores, tanto en Chile como en el extranjero. Capital: $6.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Karen Vanessa Guerrero Ojeda, aporta la suma de $3.000.000, equivalente al 50% del capital y derechos sociales, pagados en el acto mediante el aporte en dominio de 100 acciones de las que es titular en la sociedad Comercializadora y Constructora Lihuen SpA, Rut N° 76.885.104-2, aporte que los socios valorizan de común acuerdo en la suma de $3.000.000; y, b) Francisco Alexis Guzmán Pinda, aporta la suma de $3.000.000, equivalente al 50% del capital y derechos sociales, pagados en el acto, al contado y en dinero, ya ingresado a la caja social. Plazo: 5 años desde fecha de escritura, renovándose automática y sucesivamente por períodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de sus sucesivas prórrogas, mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al respectivo vencimiento. Administración y uso de la razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán separada e indistintamente a doña Karen Vanessa Guerrero Ojeda y don Francisco Alexis Guzmán Pinda, quienes, actuando en la forma indicada, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, sin perjuicio de las limitaciones que se establecen en la cláusula séptima de la escritura en donde se requerirá su actuación en conjunto. Responsabilidad de socios: limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás disposiciones en escritura extractada.- Pablo Martínez Loaiza, Notario Titular.- Santiago, 12 de agosto de 2025.