IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA IMSACOR SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de agosto de 2025
- Repertorio
- 6800/2025
- Notario
- constituida ante doña Margarita Moreno Zamorano
- Oficio
- titular de la Vigésimo Séptima Notaria de Santiago de don Eduardo Avello Concha
- Comuna
- Providencia
Objeto social
Artículo Tercero de los estatutos sociales por el siguiente: ARTICULO TERCERO: El objeto de la sociedad será: La Prestación de servicios de construcción, de todo tipo de bienes raíces o muebles, y todo tipo de obras civiles, por cuenta propia o de terceros, por administración o a suma alzada; la administración de todo tipo de contrato de construcción; suministro de personal para la construcción; compra, venta, arrendamiento, comercialización, todo tipo materiales, herramientas y equipos de construcción; cualquier otra actividad relacionada con las anteriores directa o indirectamente. Tres) Sustituyen el TÍTULO TERCERO
Administración
Artículo Octavo de los estatutos sociales por el siguiente: ARTICULO OCTAVO: La sociedad será administrada y representada indistintamente por dos Administradores, que son don ERICK ALEJANDRO SANDOVAL ESPINOZA, y don ISMAEL ALEJANDRO ESPINOSA CAMPOS. Los representantes ante el Servicio de Impuestos Internos son: ERICK ALEJANDRO SANDOVAL ESPINOZA, y don ISMAEL ALEJANDRO ESPINOSA CAMPOS, quienes actuarán en nombre de la sociedad y la representarán, con las facultades mencionadas en escritura extractada. En todo lo no modificado, permanece plenamente vigente las disposiciones del pacto social primitivo, en todo lo que no fuere contrario a las disposiciones de este instrumento.- Santiago, 11 de agosto de 2025.- cr
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 11 de agosto de 2025, ante mí, Repertorio 6800/2025: don ERICK ALEJANDRO SANDOVAL ESPINOZA y don ISMAEL ALEJANDRO ESPINOSA CAMPOS, en calidad de únicos accionistas, de acuerdo al registro de accionistas tenido a la vista, modificaron la sociedad IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA IMSACOR SpA, rol único tributario setenta y seis millones cuatrocientos doce mil sesenta y siete guion uno, constituida ante doña Margarita Moreno Zamorano, Notario Público, Suplente del titular de la Vigésimo Séptima Notaria de Santiago de don Eduardo Avello Concha, por escritura pública de fecha uno de octubre de dos mil catorce, inscrita a fojas setenta y cuatro mil setecientos veintitrés número cuarenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y siete del Registro de Comercio de Santiago del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil catorce, en lo siguiente: Uno) Sustituyen el TÍTULO PRIMERO. Nombre. Artículo Primero del estatuto social, por el siguiente: ARTICULO PRIMERO: El nombre o razón social de la sociedad será el de “CONSTRUCTORA TRIAL SpA”, pudiendo funcionar con el nombre de fantasía de “CONSTRUCTORA TRIAL SpA” incluso con los Bancos. Dos) Sustituyen el TÍTULO PRIMERO. Objeto. Artículo Tercero de los estatutos sociales por el siguiente: ARTICULO TERCERO: El objeto de la sociedad será: La Prestación de servicios de construcción, de todo tipo de bienes raíces o muebles, y todo tipo de obras civiles, por cuenta propia o de terceros, por administración o a suma alzada; la administración de todo tipo de contrato de construcción; suministro de personal para la construcción; compra, venta, arrendamiento, comercialización, todo tipo materiales, herramientas y equipos de construcción; cualquier otra actividad relacionada con las anteriores directa o indirectamente. Tres) Sustituyen el TÍTULO TERCERO. Administración. Artículo Octavo de los estatutos sociales por el siguiente: ARTICULO OCTAVO: La sociedad será administrada y representada indistintamente por dos Administradores, que son don ERICK ALEJANDRO SANDOVAL ESPINOZA, y don ISMAEL ALEJANDRO ESPINOSA CAMPOS. Los representantes ante el Servicio de Impuestos Internos son: ERICK ALEJANDRO SANDOVAL ESPINOZA, y don ISMAEL ALEJANDRO ESPINOSA CAMPOS, quienes actuarán en nombre de la sociedad y la representarán, con las facultades mencionadas en escritura extractada. En todo lo no modificado, permanece plenamente vigente las disposiciones del pacto social primitivo, en todo lo que no fuere contrario a las disposiciones de este instrumento.- Santiago, 11 de agosto de 2025.- cr.