Instrumento
- Fecha
- 13 de agosto de 2025
- Notario
- JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO
- Oficio
- 45° notaría de Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) la obtención de rentas de la obtención de rentas de la inversión de los fondos sociales en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo derechos sociales, acciones, u otros efectos de comercio. b) la explotación de bienes muebles e inmuebles, propios o ajenos, especialmente mediante la entrega de bienes inmuebles en arrendamiento, urbanos o rurales, u otras formas de cesión temporal de su uso o goce, ya sea que estén provistos de muebles o instalaciones o sin ellos
Administración
Por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el Administrador o los administradores ser o no
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO, abogado, Notario Público Interino de la 45° notaría de Santiago, Huérfanos N°979, piso 7, certifico: Por escritura pública de fecha 13 de agosto del año 2025, repertorio número 10088-2025, ante mí, don JUAN CARLOS DÍAZ VILLA, cédula de identidad N°16.611.928-6, domiciliado en Rosario Norte 555, oficinal 1104, Las Condes, debidamente representado; constituye una sociedad por acciones, la cual estará regida por el Título VII del Libro Segundo del Código de Comercio y en especial por los estatutos de la escritura extractada: NOMBRE: “CHALLIS INVESTMENTS SpA”.- DOMICILIO: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o filiales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero.- DURACIÓN: Indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estos estatutos establecen. OBJETO: a) la obtención de rentas de la obtención de rentas de la inversión de los fondos sociales en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo derechos sociales, acciones, u otros efectos de comercio. b) la explotación de bienes muebles e inmuebles, propios o ajenos, especialmente mediante la entrega de bienes inmuebles en arrendamiento, urbanos o rurales, u otras formas de cesión temporal de su uso o goce, ya sea que estén provistos de muebles o instalaciones o sin ellos.- CAPITAL: $1.000.000.-, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales se suscriben y pagan de la siguiente forma: don Juan Carlos Díaz Villa suscribe 1.000.000 de acciones en el valor de $1.000.000, las cuales pagará en dinero en efectivo en el plazo de un año a contar desde la fecha de la escritura. En consecuencia, las acciones en que se divide el capital han quedado íntegramente suscritas y serán pagadas en dinero en efectivo en el plazo de un año a contar desde esta fecha.- ADMINISTRACIÓN: Por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el Administrador o los administradores ser o no accionistas.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 13 de agosto de 2025.