Instrumento
- Fecha
- 27 de junio de 2025
- Repertorio
- 31365
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- - Santiago, 13 de agosto de 2025
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Santiago ante doña María Soledad Lascar Merino | socio | 8215914-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, Abogado, Notario Suplente de la Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago con oficio en Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, comuna de Las Condes, certifico que: Por escritura pública de fecha 27 de junio de 2025 bajo el Repertorio 31365, otorgada en Santiago ante doña María Soledad Lascar Merino, RUT 8.215.914-2, Notaria Pública Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea 3477, Oficina 10, Las Condes, se constituyó la sociedad por acciones denominada CDS SpA, con domicilio en Yungay, Región de Ñuble, duración indefinida. La sociedad se denominará CDS SpA. Su domicilio será la comuna de Yungay, Región de Ñuble, sin perjuicio de poder establecer agencias, sucursales o cualquier tipo de representación en otras ciudades del país o del extranjero. La duración de la sociedad será indefinida. El objeto de la sociedad será amplio y no restrictivo, incluyendo, entre otros, los siguientes fines: el desarrollo, operación, ejecución y explotación de proyectos de generación de energía eléctrica de cualquier tipo, ya sea renovable o convencional, incluyendo pero no limitado a energía solar fotovoltaica, eólica, hidráulica, biomasa, geotérmica, térmica, diésel, gas o cualquier otra fuente de generación, con o sin sistemas de almacenamiento de energía (baterías), tanto en Chile como en el extranjero. La realización de actividades agrícolas, apícolas, agroindustriales y de transformación, producción, comercialización, distribución y exportación de productos agrícolas o agropecuarios. La adquisición, arrendamiento, explotación, subdivisión, administración, compraventa y cualquier otro acto de disposición o gravamen sobre bienes raíces rurales o urbanos, tanto en Chile como en el extranjero. La compra, venta, importación, exportación, arriendo y operación de maquinaria agrícola, industrial o de construcción, equipos tecnológicos, vehículos y otros bienes muebles relacionados con el objeto de la sociedad. La prestación de servicios de asesoría, gestión, ingeniería, administración de proyectos, representación, construcción, operación y mantenimiento de instalaciones productivas o energéticas. La participación en licitaciones públicas o privadas y la celebración de contratos con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras. La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones, bonos, cuotas de fondos, derechos sociales y cualquier instrumento de inversión en Chile o en el extranjero. La constitución de otras sociedades, comunidades, consorcios o asociaciones de cualquier tipo, nacionales o extranjeras, y la participación como socia, accionista o inversionista en ellas. En general, podrá realizar todo tipo de actividades, negocios, actos y contratos lícitos, tanto civiles como comerciales, que directa o indirectamente se relacionen con los fines antes indicados o que sean útiles o necesarios para su desarrollo. Capital: $5.000.000, dividido en 1.200 acciones sin valor nominal. La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por cuatro miembros, que podrá designar un Gerente General con las facultades del artículo 4° de la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas, esto es, celebrar todos los actos y contratos necesarios para el cumplimiento del objeto social, salvo aquellos que por ley o por los estatutos requieran autorización de la junta de accionistas. Estas facultades incluyen, sin que la siguiente enumeración sea taxativa: comparecer ante autoridades, contratar personal, celebrar toda clase de actos y contratos, representar a la sociedad ante terceros, firmar contratos de suministro, servicios, compraventa, mutuo, arrendamiento y ejecución de obras, abrir y cerrar cuentas bancarias, girar cheques, solicitar créditos y cauciones, otorgar poderes y revocarlos. El primer Directorio será integrado por Carmen Luisa Sepúlveda Seguel, Carmen Gloria de la Cruz Sepúlveda, María Paz de la Cruz Sepúlveda y Eduardo Hernán de la Cruz Sepúlveda. Las sesiones del Directorio podrán celebrarse presencialmente o por medios tecnológicos autorizados por la Superintendencia respectiva. Se requerirá la mayoría absoluta de sus miembros para adoptar acuerdos válidos. Artículo Transitorio: hasta que se constituya el Primer Directorio y se designe formalmente al Gerente General de la sociedad, la administración será ejercida por Carmen Gloria de la Cruz Sepúlveda, C.I. N° 10.137.433-5, como representante para la puesta en marcha de la sociedad. Juntas de Accionistas: quórum y mayorías según estatutos; materias especiales requieren 2/3 de las acciones emitidas con derecho a voto. Resolución de conflictos: arbitraje de derecho, en única instancia, con árbitro designado de común acuerdo y, en su defecto, por el juez competente del domicilio social.- Santiago, 13 de agosto de 2025.