ASESORÍA E INVERSIONES FGH SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de septiembre de 2017
- Notario
- FRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA
- Oficio
- Décimo Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.200.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Público Interino de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, locales 101 y 102, Providencia, certifica: Por escritura pública de hoy ante mí, FERNANDO EUGENIO GARCÍA HUIDOBRO VALDIVIESO, C.I. Nº 8.012.562-3, con domicilio en calle Normandía Nº 1941, depto. 807, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de único accionista de la sociedad “ASESORÍA E INVERSIONES FGH SpA”, R.U.T. Nº 76.795.384-4, la que fue constituida por escritura pública de 12 de septiembre de 2017 otorgada Notaría de don Armando Ulloa Contreras, extracto inscrito a fojas 75289 número 40559 del Registro de Comercio del año 2017 del Conservador de Santiago y publicado Diario Oficial el 6 de octubre de 2017, viene en modificar, refundir estatutos y reemplazar por los siguientes: Nombre; “ASESORÍA E INVERSIONES FGH SpA”. Domicilio; ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, en otros lugares del país como en el extranjero. Duración; indefinida. Objeto; (a) la prestación de servicios profesionales en asuntos financieros, comerciales, de recursos humanos, la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías en dichas áreas, y toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior; (b) invertir, actuar aportes y otorgar financiamiento, directa o indirectamente, en toda clase de proyectos inmobiliarios, ya sea para obtener rentas de ellos y/o proceder a su enajenación, adquirir todo tipo de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, en especial acciones y derechos en cualquier especie de proyecto de renta inmobiliaria, sociedades, asociaciones, efectos de comercio, valores mobiliarios, documentos del mercado de capitales o financiero, la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de estas inversiones, y su administración sea por cuenta propia o asociada con terceros; y (c) cualquier otro negocio que acordaren los socios. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá ejecutar válidamente todos los actos y contratos que sean necesarios o conducentes, directa o indirectamente, a la consecución de aquel; y podrán actuar en la formación y participación en sociedades que tengan el objeto antes señalado, sea que estas actividades se realicen directamente o a través de sociedades o asociaciones que para dicho efecto se creen o en que participen. Capital y Acciones. $1.200.000, dividido en 1.200 acciones nominativas, de igual valor cada una, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito, enterado y pagado. Socios limitan responsabilidad hasta concurrencia respectivos aportes. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 8 de agosto de 2025.