AGRÍCOLA E INMOBILIARIA CAPERANA DOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de julio de 2025
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría de esta ciudad
Sociedad
- Capital
- $132.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de esta ciudad, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea Nº3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí con fecha 22 de julio de 2025, Repertorio N.º 35.993 – 2025, /A/ SUCESIÓN HEREDITARIA DE DON DUILIO CÁNEPA SARROCCHI, debidamente representada por i) doña CONSTANZA PAZ CÁNEPA CUBILLOS, cédula nacional de identidad Nº18.019.236-0, domiciliada en calle Carlos Antúnez Nº1.885, departamento 214, comuna de Providencia, Región Metropolitana; ii) don STEFANO ALESSANDRO CÁNEPA CUBILLOS, cédula nacional de identidad Nº18.639.046-6, domiciliado en calle Estoril Nº750, departamento 307, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; iii) doña TERESITA FLAVIA CÁNEPA ARATA, cédula nacional de identidad Nº6.924.208-1, domiciliada en calle Curamavida Nº699, departamento 33, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; iv) don JOSÉ ANTONIO CÁNEPA ARATA, cédula nacional de identidad Nº6.971.974-0, domiciliado en calle Curamavida Nº 699, departamento 33, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; v) don DUILIO AUGUSTO CÁNEPA ARATA, cédula nacional de identidad Nº9.582.190-1, domiciliado en calle Amapolas Nº 1.500, departamento 706, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y vi) doña MARISOL CUBILLOS CARDEMIL, cédula nacional de identidad Nº7.245.167-8, domiciliada en calle Estoril Nº 750, departamento 307, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y /B/ SUCESIÓN HEREDITARIA DE DOÑA TERESITA LIDIA SONIA ARATA CANESSA, debidamente representada por i) CONSTANZA PAZ CÁNEPA CUBILLOS; ii) STEFANO ALESSANDRO CÁNEPA CUBILLOS; iii) TERESITA FLAVIA CÁNEPA ARATA; iv) JOSÉ ANTONIO CÁNEPA ARATA; y v) DUILIO AUGUSTO CÁNEPA ARATA, todos previamente individualizados; en su calidad de únicos y actuales socios de AGRÍCOLA E INMOBILIARIA CAPERANA DOS LIMITADA (la “Sociedad”), acordaron modificar la Sociedad como se indica a continuación: UNO. Se actualizaron los socios de la Sociedad, dejando constancia que atendido el fallecimiento de los socios, don Duilio Cánepa Sarrocchi y doña Teresita Lidia Sonia Arata Canessa, son socios de la Sociedad: (i) la Comunidad Hereditaria de don Duilio Cánepa Sarrocchi compuesta por Teresita Flavia Cánepa Arata, José Antonio Cánepa Arata, Duilio Augusto Cánepa Arata, Constanza Paz Cánepa Cubillos, Stefano Alessandro Cánepa Cubillos y Marisol Cubillos Cardemil, en su calidad de herederos de don Duilio Cánepa Sarrocchi, en virtud de los derechos societarios que le correspondían al causante en la Sociedad, atendida su calidad de socio de la Sociedad. En su conjunto, los herederos individualizados en este número (i) representan el 50% de los derechos sociales de la Sociedad; y (ii) la Comunidad Hereditaria de doña Teresita Arata Canessa compuesta por Constanza Paz Cánepa Cubillos, Stefano Alessandro Cánepa Cubillos, Teresita Flavia Cánepa Arata, José Antonio Cánepa Arata y Duilio Augusto Cánepa Arata, en su calidad de herederos de doña Teresita Lidia Sonia Arata Canessa, en virtud de los derechos societarios que le correspondían a la causante en la Sociedad, atendida su calidad de socia de la Sociedad. En su conjunto, los herederos individualizados en este número (ii) representan el 50% de los derechos sociales de la Sociedad. DOS. Como consecuencia de lo anterior, la Comunidad Hereditaria de Duilio Cánepa Sarrocchi, y la Comunidad Hereditaria de Teresita Arata Canessa, debidamente representadas y en su calidad de actuales socios de la Sociedad, modificaron sus estatutos sociales en lo siguiente: (i) modificaron la duración de la Sociedad reemplazándola por una duración indefinida; y (ii) modificaron la administración de la Sociedad en el sentido que la administración de esta corresponda a doña TERESITA FLAVIA CÁNEPA ARATA, don JOSÉ ANTONIO CÁNEPA ARATA, don DUILIO AUGUSTO CÁNEPA ARATA y doña MARISOL CUBILLOS CARDEMIL, quienes actuando conjuntamente, la ejercerán sin limitación alguna, pudiendo designar al efecto representantes mediante escritura pública, determinar la forma de actuación y/o establecerles limitaciones en el ejercicio de sus facultades. TRES. A consecuencia de lo anterior, se modificaron los artículos Tercero y Quinto de los estatutos de la Sociedad referidos a la duración y administración de la Sociedad, respectivamente. Capital actual: $132.000.000 que se encuentra íntegramente suscrito, enterado y pagado. En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes las restantes disposiciones de los estatutos de la Sociedad. La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 3.495, número 2916, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1994. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Santiago, 04 de agosto de 2025.