INVERSIONES VILLASECA SELLES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de julio de 2025
- Repertorio
- 37892-2025
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- 1° Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Objeto social
La Sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público, Titular de la 1° Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N°5.841, comuna de La Reina, certifico que, por escritura pública otorgada el 22 de julio de 2025, repertorio N°37.892-2025, ante mí: Uno) KARLA SOFÍA SELLES BROWN, cédula nacional de identidad N°22.817.818-7; y, Dos) JERÓNIMO VILLASECA GORMAN, cédula nacional de identidad N°15.636.149-6, ambos por sí y en representación de ELENA VILLASECA SELLES, cédula nacional de identidad N°25.140.819-k, JULIETA VILLASECA SELLES, cédula nacional de identidad 25.847.174-1 y GALO VILLASECA SELLES, cédula nacional de identidad 27.239.893-3, todos domiciliados para estos efetos en calle Romeral N°9.660, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “INVERSIONES VILLASECA SELLES LIMITADA”, inscrita a fojas 18.595, número 8.813 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023, sustituyendo los artículos primero y tercero, por los siguientes: “ARTÍCULO PRIMERO: RAZÓN SOCIAL. El nombre o razón social de la sociedad será “INVERSIONES DON MELCHOR LIMITADA””. Y, “ARTÍCULO TERCERO: OBJETO SOCIAL. La Sociedad tiene por objeto: Uno. Efectuar inversiones permanentes en todo tipo de bienes, administrar tales inversiones y bienes y percibir frutos y rentas, pudiendo realizar los restantes negocios rentísticos y de mera inversión que decida su administrador. Dos. El desarrollo de actividades inmobiliarias, las que comprenden la adquisición, enajenación, urbanización, parcelación, administración, arriendo, subarriendo, cesión y explotación, a cualquier título, de bienes raíces urbanos y rurales; la construcción, promoción, desarrollo y comercialización de proyectos inmobiliarios, tanto habitacionales como comerciales, industriales o de cualquier otra naturaleza; la ejecución de obras de urbanización, edificación y loteo; la administración de propiedades propias o ajenas; la participación en sociedades con objeto similar o relacionado; y, en general el desarrollo de cualquier actividad necesaria para el desarrollo del negocio inmobiliario. Tres. En general, la realización de todas aquellas actividades conexas, complementarias o necesarias para el cumplimiento del objeto de la Sociedad”. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago 7 de agosto de 2025.