CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES MICHEA MICHEA SpA

CVE 2687477
Fecha instrumento
11 de agosto de 2025

Instrumento

Fecha
11 de agosto de 2025
Notario
MIGUELÁNGEL ENRIQUE JIMÉNEZ SEGURA
Oficio
1ª Notaría Calama de Vicuña Mackenna 2139

Sociedad

Domicilio
El domicilio será en calle Omar Petrinovic Norte número tres mil quinientos cuarenta, Porta Inca VI, ciudad de Calama, Región de Antofagasta, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero

Administración

La sociedad será administrada por una o más personas en calidad de “Administrador” o “Gerente General”, el cual pueden ser o no

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MIGUELÁNGEL ENRIQUE JIMÉNEZ SEGURA, Notario Público Titular 1ª Notaría Calama de Vicuña Mackenna 2139, CERTIFICA: por Escritura Pública, de fecha 11 Agosto de 2025, comparece: don DANILO ANDRES MICHEA MICHEA, chileno, soltero, empresario, cedula nacional de identidad número quince millones cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y cinco guion cinco, con domicilio en Omar Petrinovic Norte número tres mil quinientos cuarenta, Porta Inca VI, ciudad de Calama, Región de Antofagasta; viene en este acto en constituir la Sociedad por Acciones denominada “INVERSIONES MICHEA MICHEA SPA.” cuyo objeto será: a) Realizar inversiones, directa o indirectamente a través de filiales y coligadas o a través de terceros, en explotación, desarrollo, producción, operación, comercialización nacional e internacional, transporte nacional e internacional por cualquier vía de todo y cualquier tipo de bienes muebles e inmuebles, ya sea corporales e incorporales, sin excepción alguna; b) Realizar toda clase de inversiones, dentro y fuera del país, en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles sin excepción alguna, sobre valores mobiliarios, títulos y acciones de sociedades anónimas abiertas o cerradas, sociedades por acciones, sociedades de responsabilidad limitada y en derechos de sociedad de cualquier clase y especie; la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) Constituir y formar parte en otras sociedades de cualquier naturaleza, modificarlas y asumir la administración de las mismas; d) La compraventa, importación, exportación, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; e) La importación y exportación de cualquier tipo de mercancías, y en general realizar todo tipo de destinaciones aduaneras, por cuenta propia o ajena, ante el Servicio Nacional de Aduanas; f) Realizar todo tipo de gestiones administrativas por sí o en representación de otras personas ante los órganos de la Administración del Estado, especialmente ante el Servicio Nacional de Aduanas y el Servicio de Impuestos Internos, y en general , ante todo Servicio Público de Chile; g) La intermediación para la contratación de seguros generales, especialmente de seguros de transporte nacional e internacional de mercancías; h) La compra, venta , arriendo y administración de bienes inmuebles; i) L compra, venta, arriendo y administración de vehículos motorizados para su explotación; j) La inversión en negocios de almacenaje y bodegaje para operaciones aduaneras y de comercio exterior k) Constituirse como fiador y/o codeudor solidarios de las operaciones de cualquier otra sociedad y l) La realización de cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complete o sea una consecuencia de los mismos, u otro que el o los socios acuerden. Sin perjuicio de lo anterior, el giro social comprenderá cualquier otro negocio o actividad que el o los accionistas, por mayoría, determinen y que se encuentra directa o indirectamente relacionado con el referido objeto principal, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, así como participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, ejerciendo todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. Capital: El capital de la sociedad es la suma de cuatro millones de pesos, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal. El capital social se suscribe y paga íntegramente de conformidad al artículo primero transitorio de estos estatutos, que se suscribe y paga íntegramente de la siguiente forma: por el único accionista don Danilo Andrés Michea Michea, cédula de identidad número quince millones cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y cinco guion cinco, que suscribe y paga en este acto al contado y en dinero en efectivo, ya ingresados en arcas sociales.- Domicilio: El domicilio será en calle Omar Petrinovic Norte número tres mil quinientos cuarenta, Porta Inca VI, ciudad de Calama, Región de Antofagasta, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Administración: La sociedad será administrada por una o más personas en calidad de “Administrador” o “Gerente General”, el cual pueden ser o no accionista. Se designa en calidad de Administrador y/o Gerente General de la sociedad al único accionista don Danilo Andrés Michea Michea, con las más amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura social. Calama, 11 de agosto de 2025.