CONSTRUCTORA CARRASCO Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de julio de 2025
Sociedad
- Capital
- $550.000.000 CLP
Administración
Quedan en calidad de administradores Hermenegildo Marcelo Carrasco Sepúlveda y Camila Lorena Carrasco Burgos, indistintamente. D. DISOLUCIÓN Y CONTINUIDAD: La sociedad sólo se disolverá por acuerdo de los socios, causa legal o por sentencia judicial ejecutoriada.- La sociedad no se disolverá en caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente, quiebra o insolvencia de alguno de los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO, Notario Titular de Linares, calle Chacabuco 551-A, certifico: Por escritura pública otorgada en Linares, ante el Notario Suplente don Douglas Benjamin Carcamo Montecinos, con fecha 29 de Julio de 2025, HERMENEGILDO MARCELO CARRASCO SEPULVEDA, chileno, cédula de identidad número 10.012.186-7, soltero, constructor civil, con domicilio en Avenida General Cristi, Oriente 82, comuna de Linares, región del Maule; CARMEN GLORIA BURGOS NORAMBUENA, chilena, cédula de identidad número 10.567.017- 6, manipuladora de alimentos, soltera, con domicilio en Colo Colo 47-A, comuna de Linares, región del Maule; CAMILA LORENA CARRASCO BURGOS, chilena, cédula de identidad número 18.666.758-1, psicóloga, soltera, con domicilio en Avenida General Cristi, Oriente 82, comuna de Linares, región del Maule; MAIRA CAROLINA CARRASCO BURGOS, chilena, cédula de identidad número 20.775.769-1, estudiante, soltera, con domicilio en Avenida General Cristi, Oriente 82, comuna de Linares, región del Maule; y JOAQUIN ALONSO CARRASCO SOTO, chileno, cédula de identidad número 21.978.946-7, estudiante, soltero, con domicilio en Avenida General Cristi, Oriente 82, comuna de Linares, región del Maule, modificaron la sociedad CONSTRUCTORA CARRASCO Y COMPAÑIA LIMITADA, rol único tributario 78.359.670-9, constituida por pública de fecha 13 de febrero de 1993, otorgada el Notario Público de Linares, Hernán Cuadra Gazmuri, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha 3 de marzo de 1993, en su edición número 34.506, y se inscribió a fojas 32 vuelta, número 26 del Registro de Comercio del año 1993, del Conservador de Bienes Raíces de Linares, modificada en diversas oportunidades siendo la última aquella hecha por escritura pública otorgada en Linares, con fecha 19 de junio de 2025, ante el Notario Público Andrés Cuadra González del Riego, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial con fecha 4 de julio de 2025, en su edición número 44.190, y se inscribió a fojas 140, número 97 en el Registro de Comercio del año 2025 del Conservador de Bienes Raíces de Linares; actualmente cuenta con un capital de $550.000.000 pesos. Las modificaciones en esta oportunidad consisten en: A. CESIÓN DE DERECHOS: 1) CARMEN GLORIA BURGOS NORAMBUENA cede el total de sus derechos sociales que equivalen al 5% de participación en CONSTRUCTORA CARRASCO Y COMPAÑIA LIMITADA a CAMILA LORENA CARRASCO BURGOS y a MAIRA CAROLINA CARRASCO BURGOS, en partes iguales, por la suma de 12.500.000 pesos, cada una. 2) HERMENEGILDO MARCELO CARRASCO SEPULVEDA cede el parte de sus derechos sociales consistentes en 2,5% de participación en CONSTRUCTORA CARRASCO Y COMPAÑIA LIMITADA a JOAQUIN ALONSO CARRASCO SOTO, por la suma de 12.500.000 pesos.- B. NUEVAS PARTICIPACIONES: 1) HERMENEGILDO MARCELO CARRASCO SEPULVEDA, con un 92,5% de participación en la sociedad; 2) CAMILA LORENA CARRASCO BURGOS, con un 2,5% de participación en la sociedad; 3) MAIRA CAROLINA CARRASCO BURGOS, con un 2,5% de participación en la sociedad; y 4) JOAQUIN ALONSO CARRASCO SOTO, con un 2,5% de participación en la sociedad. C. ADMINISTRACIÓN: Quedan en calidad de administradores Hermenegildo Marcelo Carrasco Sepúlveda y Camila Lorena Carrasco Burgos, indistintamente. D. DISOLUCIÓN Y CONTINUIDAD: La sociedad sólo se disolverá por acuerdo de los socios, causa legal o por sentencia judicial ejecutoriada.- La sociedad no se disolverá en caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente, quiebra o insolvencia de alguno de los socios. Demás estipulaciones escritura extractada. Linares, a 5 de Agosto de 2025.