MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

ASESORIAS MORALES ARTUS LIMITADA

RUT 76224639-2 CVE 2687033
Capital
$8.500.000 CLP
Fecha instrumento
5 de mayo de 2025

Instrumento

Fecha
5 de mayo de 2025
Repertorio
693-2025
Notario
Juan Enrique Jara Opazo
Oficio
sexta notaria de Talca

Sociedad

Capital
$8.500.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.857.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Enrique Jara Opazo, abogado, Notario Interino de la sexta notaria de Talca, con asiento en San Clemente, con oficio en esta ciudad, calle Alejandro Cruz 124, comuna de San Clemente, certifica: Por escritura pública suscrita hoy ante mí, don JUAN CARLOS ARTUS MORALES, abogado, soltero, cédula nacional de identidad número once millones ochocientos sesenta y dos mil ochocientos sesenta y uno guion seis, en representación, según se acreditará, de la sociedad “ASESORIAS MORALES ARTUS LIMITADA”, persona jurídica, del giro de su denominación, ambos domiciliado en calle Sotomayor 497, Linares, de paso por esta ciudad, expuso: PRIMERO: Por escritura pública de fecha 5 de Mayo de 2025, otorgada en esta misma notaria, Repertorio N° 693-2025, se modificó y se cedieron los derechos de la sociedad “ASESORIAS MORALES ARTUS LTDA”, rol único tributario N° , constituida por escritura pública, otorgada en Linares, de fecha veintisiete de septiembre de dos mil doce, ante Notario de Linares, doña MARTA GABRIELA ALVARADO AGURTO, cuyo extracto se inscribió a fojas 722, N° 737, del año 2012, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, de fecha primero de Octubre de 2012, edición N° 40374., de dicho diario. Por error involuntario en la escritura modificatoria se omitió señalar el capital social. Del mismo modo por error involuntario, en la publicación del extracto se erró en la dirección del notario autorizante y no se indicó el rol único tributario de la sociedad en cuestión, como lo exige el artículo 5 de la Ley 19.857.- SEGUNDO: Por este mismo acto e instrumento el compareciente en la representación en que actúa, viene en complementar la cláusula primera de la escritura pública de fecha 5 de mayo de 2025, aludida precedentemente, quedando como sigue: PRIMERO: Los comparecientes don JUAN CARLOS ARTUS MORALES, y don JUAN IGNACIO ARTUS OLMOS, ya individualizados, son los únicos socios de la sociedad comercial de responsabilidad limitada, cuya razón social es “ASESORIAS MORALES ARTUS LIMITADA”, rol único tributario 76.224.639-2, constituida por escritura pública, otorgada en Linares, de fecha veintisiete de Septiembre de dos mil doce, ante Notario de Linares, doña MARTA GABRIELA ALVARADO AGURTO, cuyo extracto se inscribió a fojas 722, N° 737, del año 2012, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, de fecha primero de Octubre de 2012, edición N° 40374., de dicho diario, cuyo capital social es de veinticuatro millones de pesos.- TERCERO: En conformidad a lo previsto por la Ley número 19.499, viene en sanear el vicio de que adolece el extracto social y su publicación, quedando como sigue: Juan Enrique Jara Opazo, Notario Público Interino, de la sexta notaria de Talca, con oficio en esta ciudad, calle Alejandro Cruz 124, San Clemente, certifica: Por escritura pública suscrita hoy ante mí, don JUAN CARLOS ARTUS MORALES; don JUAN IGNACIO ARTUS OLMOS, y doña CLAUDIA SOFIA OLMOS VILCHES, todos domiciliados en calle Sotomayor número 497, segundo piso, oficina b, Linares, de paso por esta ciudad, modifican sociedad ASESORIAS MORALES ARTUS LIMITADA, rol único tributario 76.224.639-2, constituida por escritura pública, otorgada en Linares, con fecha veintisiete de Septiembre de dos mil doce, ante Notario de Linares, doña MARTA GABRIELA ALVARADO AGURTO, cuyo extracto se inscribió a fojas 722, N° 737, del año 2012, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, de fecha primero de Octubre de 2012, edición N° 40374, de dicho diario, cuyo capital social es de veinticuatro millones de pesos, en el siguiente sentido: 1) Que, don Juan Ignacio Artus Olmos, conforme lo dispuesto en la Ley 21334, rectificó su partida de nacimiento, en virtud de la cual cambió su nombre de juan Ignacio Morales Olmos a Juan Ignacio Artus Olmos, por lo que cada vez que se le individualice, debe entenderse que el nombre de aquél es Juan Ignacio Artus Olmos. 2) Que, don JUAN CARLOS ARTUS MORALES, vende cede y transfiere el cien por ciento de los derechos que le corresponden en la referida sociedad, que equivalen al noventa y nueve por ciento del total del capital social, a don JUAN IGNACIO ARTUS OLMOS, y a doña CLAUDIA SOFIA OLMOS VILCHES, quienes los compran, adquieren y aceptan para sí en la forma que a continuación se indica: a) El noventa y ocho por ciento de sus derechos a don JUAN IGNACIO ARTUS OLMOS. b) El uno por ciento de sus derechos, a doña CLAUDIA SOFIA OLMOS VILCHES, quienes los adquieren y aceptan para sí en la suma de $8.500.000., pagando en conjunto y a prorrata de la siguiente manera: Con la suma de $8.415.000., mediante la suscripción de una letra de cambio girada por parte de Juan Ignacio Artus Olmos, para vencer con fecha 5 de mayo de 2027, y que don Juan Carlos Artus Morales, acepta con expreso ánimo de novar, y con la suma de $85.000., pagados en este acto, al contado, por parte de Claudia Sofia Olmos Vilches, quedando de esta manera pagando íntegramente el precio de la presente cesión.- 3) Que, JUAN CARLOS ARTUS MORALES, habiendo cedido la totalidad de los derechos sociales, en la forma antedicha, se retira en este acto de la sociedad, dejando de ser socio de ella, e ingresa a ella doña CLAUDIA SOFIA OLMOS VILCHES, por lo que, consecuencia de ello, don JUAN IGNACIO ARTUS OLMOS y doña CLAUDIA SOFIA OLMOS VILCHES, son los únicos actuales interesados y socios en la sociedad “ASESORIAS MORALES ARTUS LIMITADA”, con derechos sobre la sociedad equivalentes al noventa y nueve por ciento para don JUAN IGNACIO ARTUS OLMOS, y un uno por ciento para doña CLAUDIA SOFIA OLMOS VILCHES, del haber social respectivamente.- 4) La socia Claudia Sofía Olmos Vilches, delega la administración de la misma a don Juan Carlos Artus Morales, quien podrá actuar con todas las facultades de administración que se encuentran enumeradas en el pacto social, y que reproduce íntegramente. Consecuencia de lo anterior la administración y el uso de la razón social la ejercerá indistintamente don Juan Carlos Artus Morales y don Juan Ignacio Artus Olmos, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, la representarán en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y en especial en todos los actos y contratos a que se refiere la cláusula quinta de la escritura constitutiva.- La administración delegada se ejercerá en forma gratuita no debiendo el administrador dar cuenta de su gestión. En lo todo lo demás se mantiene vigente el pacto social, especialmente en lo que se refiere a la responsabilidad limitada de los socios.- San Clemente a 5 de Mayo de 2025.- CUARTO: En virtud de lo señalado en la cláusula que antecede, debe entenderse que se ha saneado el vicio que afectaba el extracto social y su publicación.- Este saneamiento tendrá efecto retroactivo a la fecha de otorgamiento de la escritura pública referida en la cláusula primera conforme lo dispone el artículo 2 de la Ley 19.499.- QUINTO: Para todos los efectos del otorgamiento de esta escritura el compareciente fija su domicilio en la ciudad de Linares y se somete a la jurisdicción de sus Tribunales.- SEXTO: El poder de Juan Carlos Artus Morales, para que aclare, modifique o rectifique cualquier antecedente de los títulos y que sea necesario para obtener la inscripción de la presente escritura consta de la cláusula novena de la citada escritura modificatoria. En todo lo demás se mantiene vigente el pacto social, especialmente en lo que refiere a la responsabilidad limitada de los socios. San Clemente a 29 de Julio de 2025.