Sociedad Agrícola Los Nogales Limitada
Instrumento
- Fecha
- 2 de agosto de 2025
- Repertorio
- 1510-2025
- Notario
- otorgada ante don REINALDO HERNÁN VILLALOBOS PELLEGRINI
- Oficio
- Cuarta Notaría de esta comuna
- Comuna
- Coquimbo
Sociedad
- Capital
- $205.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO ANDRÉS LÓPEZ RÍOS, Notario Suplente del Notario Titular de la Cuarta Notaría de Coquimbo, don REINALDO HERNÁN VILLALOBOS PELLEGRINI, con domicilio en esta comuna, Ruta D 43 número 901, oficina 101, primer piso, Edificio Empresarial, certifico: Que por escritura pública de fecha 02 de agosto del año 2025, repertorio 1510-2025, otorgada ante don REINALDO HERNÁN VILLALOBOS PELLEGRINI, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de esta comuna, doña María Isabel Mery Barrios; Marcelo Andrés Ancarola Mery, ambos domiciliados en Fundo Los Nogales, Quebrada El Arrayán, Vicuña; María Isabel Ancarola Mery, domiciliada, 14 Norte 976, oficina 703, Viña del Mar, por sí y representación José Atilio Genaro Ancarola Mery, domiciliado Avenida Sucre número dos mil cuatrocientos veintiocho, departamento mil tres, Ñuñoa; Jaime Eduardo Barceló Figueroa; Andrea María Ancarola Mery, ambos domiciliados en Avenida El Rosario cuatro mil trescientos setenta y seis, Coquimbo y Gina Daniella Ancarola Mery, domiciliada en calle Manolete cuatro mil veintiuno, Ñuñoa, modificaron “Sociedad Agrícola Los Nogales Limitada”, Rut N° 78.620.240-K, inscrita a Fs. 3 N° 3 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces La Serena, año 1990, en siguientes términos: (A) María Isabel Mery Barrios vende, cede y transfiere totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 50%, a (1) José Atilio Genaro, un 5%, suma de $7.500.000.-; (2) Marcelo Andrés Ancarola Mery, un 15%, suma de $22.500.000; (3) a María Isabel, Andrea María y Gina Daniella, todas Ancarola Mery, un 10% a cada una, suma de $15.000.000.- cada una, todos los cesionarios aceptaron, adquirieron y pagaron las mencionadas cesiones. (B) Cláusula cuarta estatutos relativa a administración, representación y uso razón social, corresponderá únicamente a don Marcelo Andrés Ancarola Mery, con facultades y limitaciones indicadas en escritura indicada. (C) Clausula Sexta estatutos: Las pérdidas y utilidades de la sociedad se dividirán entre los socios en proporción a sus aportes. El capital de la sociedad es de $205.000.000. En todo lo no modificado permanecen cláusulas de pacto social. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Coquimbo, 11 de agosto de 2025.-