CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

El Pedregal SpA

CVE 2686564
Fecha instrumento
24 de julio de 2025
Notaría
Quillota

Instrumento

Fecha
24 de julio de 2025
Repertorio
1199-2025
Notario
JULIO JORGE ABUYERES JADUE
Oficio
Primera Notaría de Quillota
Comuna
Quillota

Objeto social

- La sociedad tendrá por

Administración

- La administración de la sociedad será ejercida por la persona o las personas que designe, en calidad de administrador o administradores, la Junta de accionistas, por mayoría absoluta, bastando que la designación se haga mediante el otorgamiento de escritura pública o en Acta de Junta General de Accionistas, reducida a Escritura Pública.- En el evento de que se designe a más de un administrador, podrán actuar en conjunto o cada uno indistintamente.- Se podrá designar a un máximo de dos administradores.- El administrador o los administradores tendrán todas las facultades necesarias para desarrollar el objeto social y representarán a la sociedad con las más amplias facultades y sin ninguna limitación ante toda clase de personas.- Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad.- SUSCRIPCIÓN Y PAGO DE ACCIONES.- El capital de la Sociedad ascendente a la suma de un millón de pesos, que se ha dividido en cien acciones, fue suscrito y pagado íntegramente por el accionista de la siguiente manera: Don JOSÉ VICENTE ARIS MIRANDA suscribió cien acciones en la suma de un millón de pesos, que se pagaron al contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO JORGE ABUYERES JADUE, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Quillota, con oficio en esta ciudad, en calle Pudeto N° 398, certifica: Por escritura, Repertorio N°1199-2025 de fecha 24 de Julio de 2025, ante mí, don JOSÉ VICENTE ARIS MIRANDA, constituyó una Sociedad por Acciones de razón social “EL PEDREGAL SpA”, nombre de fantasía “EL PEDREGAL SpA”.- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Hijuelas.- OBJETO SOCIAL.- La sociedad tendrá por objeto: La sociedad tendrá por objeto: Uno) La compra y venta al por mayor de huevos y sus derivados, lácteos, abarrotes y de otros alimentos; Dos) La compra y venta al por menor en comercios especializados de huevos y sus derivados, confites y productos alimenticios; Tres) El corretaje al por mayor de productos avícolas y agrícolas; Cuatro) La compra, venta, importación, exportación, distribución, representación y comercialización bajo cualquier forma de todo tipo de bienes muebles, productos y servicios del ámbito agrícola, avícola y hortofrutícola relacionados con su giro; Cinco) La representación de empresas que comercialicen esta clase de productos y servicios, ya sean nacionales o internacionales, en todas sus formas y especialidades, y; Seis) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES.- El capital de la Sociedad ascendente a la suma de un millón de pesos, que se ha dividido en cien acciones, fue suscrito y pagado íntegramente por el accionista de la siguiente manera: Don JOSÉ VICENTE ARIS MIRANDA suscribió 100 acciones en la suma de un millón pesos, que se pagaron al contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social.- ADMINISTRACIÓN.- La administración de la sociedad será ejercida por la persona o las personas que designe, en calidad de administrador o administradores, la Junta de accionistas, por mayoría absoluta, bastando que la designación se haga mediante el otorgamiento de escritura pública o en Acta de Junta General de Accionistas, reducida a Escritura Pública.- En el evento de que se designe a más de un administrador, podrán actuar en conjunto o cada uno indistintamente.- Se podrá designar a un máximo de dos administradores.- El administrador o los administradores tendrán todas las facultades necesarias para desarrollar el objeto social y representarán a la sociedad con las más amplias facultades y sin ninguna limitación ante toda clase de personas.- Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad.- SUSCRIPCIÓN Y PAGO DE ACCIONES.- El capital de la Sociedad ascendente a la suma de un millón de pesos, que se ha dividido en cien acciones, fue suscrito y pagado íntegramente por el accionista de la siguiente manera: Don JOSÉ VICENTE ARIS MIRANDA suscribió cien acciones en la suma de un millón de pesos, que se pagaron al contado y en dinero efectivo, ingresando a la caja social. ADMINISTRACIÓN. - La totalidad de las accionistas designan como Administrador Provisorio a don JOSÉ VICENTE ARIS MIRANDA, quien permanecerá en funciones hasta la designación de nuevos administradores por parte de la Junta de Accionistas. - Demás estipulaciones en escritura extractada. - Quillota, 30 de julio de 2025.