MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA CARLOS VIAL E HIJOS Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 84616500-2 CVE 2686057
Fecha instrumento
18 de junio de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de junio de 2025
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico que, Por escritura pública de fecha 18 de junio de 2025, ante mi i) doña MARGARITA MARÍA VIAL BEZANILLA, domiciliada para estos efectos en esta ciudad, Benito Juárez setecientos treinta, departamento seiscientos tres, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; ii) doña CARMEN MARÍA VIAL BEZANILLA, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES CITA SpA; de la sociedad INVERSIONES LOS OLIVOS SpA, y de la sociedad INVERSIONES AVV SpA, todas domiciliadas para estos efectos en esta ciudad, Las Hualtatas cinco mil cuatrocientos sesenta y tres, departamento ciento cuarenta y uno, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; iii) doña ROSARIO VIAL BEZANILLA, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES ROV SpA; de la sociedad INVERSIONES MEV SpA; de la sociedad INVERSIONES CEV SpA, y de la sociedad INVERSIONES EOV SPA, todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, Santa Maria seis mil quinientos cincuenta, departamento trescientos doce F, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; iv) doña MARÍA JOSEFINA VIAL BEZANILLA, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES CAV SpA, de la sociedad INVERSIONES JAV SpA; de la sociedad INVERSIONES MAV SpA; y de la sociedad INVERSIONES RAV SPA; todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, Avenida Presidente Kennedy cuatro mil ciento cincuenta, departamento ochocientos uno, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; v) don FRANCISCO VIAL BEZANILLA, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES FVA SpA; de la sociedad INVERSIONES VVA SpA; de la sociedad INVERSIONES DVA SpA; de la sociedad INVERSIONES BVA SpA; y de la sociedad INVERSIONES AVA SpA; todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, El Ceibo doce mil ochocientos cuarenta y ocho, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; vi) doña PAULINA VIAL BEZANILLA, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES MAV LIMITADA; de la sociedad INVERSIONES FAV LIMITADA; y de la sociedad INVERSIONES BAV LIMITADA; todas domiciliadas para estos efectos en esta ciudad, El Rebalse novecientos sesenta y uno, casa G, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; vii) doña CAROLINA VIAL BEZANILLA, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES RCV SpA; de la sociedad INVERSIONES CCV SpA; de la sociedad INVERSIONES FCV SpA,; y de la sociedad INVERSIONES CTCV SpA; todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, Francisco de Asís novecientos setenta, departamento doscientos treinta y uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; viii) don CARLOS VIAL BEZANILLA, en representación de la sociedad AGRÍCOLA SANTA MARÍA LIMITADA; todos domiciliados para estos efectos en Carlos Vial Infante mil ciento dieciséis, comuna de Pirque, Región Metropolitana; ix) Don LUIS PAUL ALDUNATE VIAL, domiciliado en Avenida Guilvo número quinientos cincuenta y seis, Romeral, Curicó; x) Don RAIMUNDO ALDUNATE VIAL, domiciliado en Callejón Lo Amparo veinticuatro, Codegua, Rancagua; xi) Doña ALEJANDRA ALDUNATE VIAL, domiciliada en Carlos Sabat número seis mil ciento ochenta y cuatro, Departamento trescientos uno, Vitacura, Santiago; xii) Don JOSE ANTONIO ALDUNATE VIAL, domiciliado en Camino El Peumo, Parcela sesenta y dos, San Vicente; xiii) Don SEBASTIAN ARIZTIA VIAL, domiciliado en Cleveland ocho mil doscientos sesenta y cinco, Vitacura, Santiago; modificaron sociedad denominada “SOCIEDAD AGRÍCOLA CARLOS VIAL E HIJOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, inscrita a fojas 6335 número 3651 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1976, en los siguientes términos: doña MARGARITA MARÍA VIAL BEZANILLA, debidamente autorizada por la justicia ordinaria, dona, cede y transfiere gratuita e irrevocablemente, y de manera pura y simple, la nuda propiedad del once coma cinco cuatro cinco nueve dos cinco por ciento de los derechos sociales de que es titular en la Sociedad, a don LUIS PAUL ALDUNATE VIAL, a don RAIMUNDO ALDUNATE VIAL, a doña ALEJANDRA ALDUNATE VIAL, a don JOSE ANTONIO ALDUNATE VIAL, y a don SEBASTIAN ARIZTIA VIAL, quienes aceptan, reciben y adquieren para sí, por iguales partes, la nuda propiedad sobre los derechos sociales, reservándose la donante para sí el usufructo vitalicio sobre los mismos. Como consecuencia de lo anterior, ingresan como nuevos socios don LUIS PAUL ALDUNATE VIAL, don RAIMUNDO ALDUNATE VIAL, doña ALEJANDRA ALDUNATE VIAL, don JOSE ANTONIO ALDUNATE VIAL, y don SEBASTIAN ARIZTIA VIAL, cada uno con un dos coma tres cero nueve uno ocho cinco por ciento de la nuda propiedad de los derechos sociales, con la aceptación expresa de la totalidad de los demás socios de la Sociedad. En vista de lo anterior, los socios reemplazan el artículo quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “QUINTO: Capital social. El capital de la Sociedad es la suma de dos mil setecientos cincuenta millones doscientos cuarenta mil novecientos noventa y dos pesos, debidamente pagado y enterado en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, el que queda conformado en las siguientes proporciones: i) doña Margarita María Vial Bezanilla, dueña del usufructo vitalicio sobre el once coma cinco cuatro cinco nueve dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; ii) don Francisco Vial Bezanilla, dueño del usufructo vitalicio del once coma seis tres uno tres dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; iii) doña Carmen MarÍa Vial Bezanilla, dueña de un cuatro coma uno cuatro cinco seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, y dueña del usufructo vitalicio del siete coma cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; iv) doña Rosario Vial Bezanilla, dueña del usufructo vitalicio del once coma seis cuatro cinco seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; v) doña María Josefina Vial Bezanilla, dueña del usufructo vitalicio del once coma seis cuatro cinco seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; vi) doña Carolina Vial Bezanilla, dueña del usufructo vitalicio del cinco coma tres ocho ocho cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; vii) doña Paulina Vial Bezanilla, dueña de un cuatro coma siete cuatro cinco seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, y dueña del usufructo vitalicio del seis coma nueve por ciento de la totalidad de los derechos sociales; viii) la sociedad Inversiones ROV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; ix) la sociedad Inversiones MEV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; x) la sociedad Inversiones CEV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xi) la sociedad Inversiones EOV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xii) la sociedad Inversiones RCV SpA, dueña de un uno coma cinco seis cuatro dos ocho uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, y dueña de la nuda propiedad de un uno coma tres cuatro siete uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xiii) la sociedad Inversiones CCV SpA, dueña de un uno coma cinco seis cuatro dos ocho uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, y dueña de la nuda propiedad de un uno coma tres cuatro siete uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xiv) la sociedad Inversiones FCV SpA, dueña de un uno coma cinco seis cuatro dos ocho uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, y dueña de la nuda propiedad de un uno coma tres cuatro siete uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xv) la sociedad Inversiones CTCV SpA, dueña de un uno coma cinco seis cuatro dos ocho uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, y dueña de la nuda propiedad de un uno coma tres cuatro siete uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xvi) la sociedad Inversiones FVA SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres dos seis dos seis cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xvii) la sociedad Inversiones AVA SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres dos seis dos seis cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xviii) la sociedad Inversiones DVA SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres dos seis dos seis cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xix) la sociedad Inversiones BVA SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres dos seis dos seis cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xx) la sociedad Inversiones VVA SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres dos seis dos seis cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxi) la sociedad Inversiones CAV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxii) la sociedad Inversiones MAV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxiii) la sociedad Inversiones RAV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxiv) la sociedad Inversiones JAV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxv) la sociedad Inversiones Cita SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxvi) la sociedad Inversiones Los Olivos SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxvii) la sociedad Inversiones AVV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; /xxviii/ la sociedad Inversiones MAV Limitada, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxix) la sociedad Inversiones FAV Limitada, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxx) la sociedad Inversiones BAV Limitada, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxxi) la sociedad Agrícola Santa María Limitada, dueña de un dieciocho coma cinco nueve cuatro seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxxii) don Luis Paul Aldunate Vial, dueño de la nuda propiedad de un dos coma tres cero nueve uno ocho cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; /xxxiii/ don Raimundo Aldunate Vial, dueño de la nuda propiedad de un dos coma tres cero nueve uno ocho cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxxiv) doña Alejandra Aldunate Vial, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres cero nueve uno ocho cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxxv) don José Antonio Aldunate Vial, dueño de la nuda propiedad de un dos coma tres cero nueve uno ocho cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxxvi) don Sebastián Ariztia Vial, dueño de la nuda propiedad de un dos coma tres cero nueve uno ocho cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 05 de agosto de 2025.