Servicios M&S Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de julio de 2025
- Repertorio
- 21886-2025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $150.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43° Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de julio de 2025, Repertorio N°21.886-2025, ante mí, MANUELA IGNACIA MATURANA STREETER cédula nacional de identidad Nº15.181.725-4, domiciliada en Calle Monseñor Escrivá de Balaguer N°9.435, departamento N°203, Comuna de Vitacura, Ciudad de Santiago; y doña, PAULINA FERNANDA SALAS SÁEZ, cédula de identidad Nº15.057.294-0, domiciliada en Camino el Boldal N°673, casa A, comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso, y de paso en la ciudad de Santiago, acordaron modificar la sociedad “SERVICIOS M&S LIMITADA”, inscrita a fojas 95.722 número 47.007 del Registro de Comercio de Santiago del año 2019 y publicada en el FERNANDA SALAS SÁEZ, vendió, cedió y transfirió a doña MANUELA IGNACIA MATURANA STREETER, el 98% de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes a un 49% del total de los derechos sociales en la Sociedad. Como consecuencia de lo anterior, se reemplazó el Artículo Quinto de los estatutos en el sentido que el capital de la sociedad es la cantidad de $150.000.-, íntegramente pagado en las siguientes proporciones: a) doña MANUELA IGNACIA MATURANA STREETER con el 99% de los derechos sociales de la sociedad, y doña PAULINA FERNANDA SALAS SÁEZ con el 1% de los derechos sociales de la sociedad. De la misma manera, se reemplazó el Artículo Séptimo de los estatutos, en el sentido de modificar la administración, correspondiendo a contar de la fecha de la escritura extractada a doña MANUELA IGNACIA MATURANA STREETER individualmente. En caso de ausencia o fallecimiento de esta última, la administración corresponderá individualmente a doña MARIA JOSÉ MATURANA STREETER, cédula de identidad N°15.181.726-2. En lo no modificado expresamente, se mantienen las estipulaciones del estatuto de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 08 de agosto de 2025.