MARTINEZ Y ZAMBON ASESORIAS, INVERSIONES Y SISTEMAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de julio de 2025
- Repertorio
- 893-2025
- Notario
- EVELYN CAROLINA SANCHEZ TAPIA
- Oficio
- Cuadragésima Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
Se acuerda en modificar el objeto social de la Sociedad reemplazando el objeto actual por el siguiente: la Sociedad tendrá por
Administración
”; “CUARTO:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVELYN CAROLINA SANCHEZ TAPIA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Cuarta Notaría de Santiago, con Oficio en Avenida Vitacura número tres mil setecientos veinticuatro, comuna de Vitacura, certifico: Por escritura de fecha 28 de julio del año 2025, repertorio N°893-2025, ante mí comparecen, doña GINA ANDREA ZAMBÓN RICCI y don ARTURO ANDRÉS MARTÍNEZ MARDONES, ambos domiciliados en esta ciudad, en Las Malvas 549, Las Condes, quienes acordaron, por unanimidad, modificar la sociedad MARTINEZ Y ZAMBON ASESORIAS, INVERSIONES Y SISTEMAS LIMITADA, de los cuales los comparecientes son los únicos socios y cuyo extracto de constitución fue inscrito a fojas 54.786, número 37.928 del Registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2008. Las modificaciones consisten en: Uno. MODIFICACIÓN RAZÓN SOCIAL. Los socios acuerdan modificar la razón social de la Sociedad desde la actual “MARTINEZ Y ZAMBON ASESORIAS, INVERSIONES Y SISTEMAS LIMITADA” a “INVERSIONES AGB LIMITADA”. Dos. MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL. Se acuerda en modificar el objeto social de la Sociedad reemplazando el objeto actual por el siguiente: la Sociedad tendrá por objeto: A) la prestación de servicios de asesorías y consultoría a personas naturales, empresas u organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros, sean de carácter comercial, financiero, económico, contable, administrativo, de comercio exterior, de gestión, y en general, en cualquier otra área que se relacione con las actividades antes indicadas; y B) la adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma usufructos, arrendamientos y otros, el desarrollo de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos. Como también explotación de toda clase de títulos o valores mobiliarios, inversión de capitales, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, títulos de crédito, y cualquier otro tipo de inversiones. Tres. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Los socios acuerdan modificar los artículos: Primero, Cuarto y Quinto de los estatutos sociales, reemplazándolos íntegramente por los siguientes: “PRIMERO: Razón social. La razón social de la sociedad es “INVERSIONES AGB LIMITADA”, pudiendo usar asimismo, en todos sus contratos, actos o actuaciones, incluso ante bancos, instituciones financieras u otros organismos privados o públicos, la sigla comercial o el nombre de fantasía “INVERSIONES AGB”. El uso del nombre de dicha sigla comercial o nombre de fantasía obligará a la sociedad del mismo modo que el uso de la razón social.”; “CUARTO: Objeto. El objeto social será: A) la prestación de servicios de asesorías y consultoría a personas naturales, empresas u organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros, sean de carácter comercial, financiero, económico, contable, administrativo, de comercio exterior, de gestión, y en general, en cualquier otra área que se relacione con las actividades antes indicadas; y B) la adquisición y venta, a cualquier título, de bienes muebles e inmuebles, en Chile o en el exterior, como también de toda clase de títulos o valores mobiliarios, inversión de capitales, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, títulos de crédito, y cualquier otro tipo de inversiones; la explotación de dichos bienes de cualquier forma, ya sea a título de usufructo, arrendamiento y otros; el desarrollo, por cuenta propia y ajena, de toda clase de proyectos inmobiliarios, la administración de los mismos y la percepción de sus frutos; cualquier otra actividad o negocio relacionado con las anteriores que de común acuerdo acuerden llevar a cabo los socios de la Sociedad.”; “QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, que se distribuye y paga entre los socios en la siguiente proporción y forma: a) Arturo Andrés Martínez Mardones, con un cuarenta y cinco por ciento de los derechos sociales, equivalentes a cuatrocientos cincuenta mil pesos, totalmente pagados con anterioridad a este acto; b) Gina Andrea Zambón Ricci, con un cincuenta y cinco por ciento de los derechos sociales, totalmente pagados con anterioridad a este acto.” Salvo por las modificaciones indicadas, los estatutos de la sociedad se mantienen íntegramente vigentes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de agosto de 2025.-