Santa Eugenia SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de julio de 2025
- Repertorio
- 22044-2025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: /a) el desarrollo, financiamiento, diseño, ingeniería, suministro, construcción puesta en marcha, pruebas, operación y mantenimiento de una o más plantas de toda tecnología para la generación de energía eléctrica, y sus expansiones, de haberlas /las "Plantas"; /b) el dominio, posesión y explotación de las Plantas; c) la comercialización de la potencia y de la energía eléctrica que se produzca; d) la compra, importación, adquisición y suministro de todos los productos, mercancías y componentes necesarios para las operaciones de las Plantas; /e) la administración y coordinación de las programaciones y nominaciones de cargamentos de productos, mercancías y componentes necesarios para las operaciones de las Plantas, así como la entrega energía eléctrica entre distintos clientes /f) la celebración de los contratos de ingeniería, diseño, suministro de materiales, financiamiento, coordinación, operación y mantención, adquisición de toda clase de insumos y, en general, la realización o celebración de toda clase de actos o contratos necesarios o convenientes para los fines señalados en las letras anteriores, incluyendo pero no limitando a la celebración de contratos de compraventa de bienes muebles e inmuebles, arrendamiento, usufructo y cualquier otro contrato para adquirir el uso y goce de toda clase de bienes muebles e inmuebles, los cuales podrán ser ejecutados directamente o en asociación con terceros; y /g) la realización de cualquier otra actividad accesoria, anexa o complementaria a las señaladas en las letras anteriores, sin limitación alguna, para el desarrollo de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: Que mediante acuerdo sin forma de junta celebrado por escritura pública de fecha 31 de julio de 2025, otorgada ante mí, bajo el repertorio N°22.044-2025, HERGO UK LTD, en su calidad de único y actual accionista de la sociedad Santa Eugenia SpA, (la “Sociedad”), según registro de accionistas que he tenido a la vista, acordó modificar y refundir los estatutos de dicha Sociedad, de los cuales se extracta lo siguiente: Nombre: El nombre de la sociedad será “Santa Eugenia SpA”. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, establecimientos, sucursales u oficinas que la Sociedad decida establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida. Objeto: El objeto de la Sociedad será: /a/ el desarrollo, financiamiento, diseño, ingeniería, suministro, construcción puesta en marcha, pruebas, operación y mantenimiento de una o más plantas de toda tecnología para la generación de energía eléctrica, y sus expansiones, de haberlas /las "Plantas"; /b/ el dominio, posesión y explotación de las Plantas; c) la comercialización de la potencia y de la energía eléctrica que se produzca; d) la compra, importación, adquisición y suministro de todos los productos, mercancías y componentes necesarios para las operaciones de las Plantas; /e/ la administración y coordinación de las programaciones y nominaciones de cargamentos de productos, mercancías y componentes necesarios para las operaciones de las Plantas, así como la entrega energía eléctrica entre distintos clientes /f/ la celebración de los contratos de ingeniería, diseño, suministro de materiales, financiamiento, coordinación, operación y mantención, adquisición de toda clase de insumos y, en general, la realización o celebración de toda clase de actos o contratos necesarios o convenientes para los fines señalados en las letras anteriores, incluyendo pero no limitando a la celebración de contratos de compraventa de bienes muebles e inmuebles, arrendamiento, usufructo y cualquier otro contrato para adquirir el uso y goce de toda clase de bienes muebles e inmuebles, los cuales podrán ser ejecutados directamente o en asociación con terceros; y /g/ la realización de cualquier otra actividad accesoria, anexa o complementaria a las señaladas en las letras anteriores, sin limitación alguna, para el desarrollo de su objeto social. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, iguales y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por HERGO UK LTD. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 7 de agosto de 2025.