FRAUMENI Y COMPAÑÍA SOCIEDAD ANÓNIMA
Instrumento
- Fecha
- 15 de abril de 2025
- Repertorio
- 10683-2025
- Notario
- JOSE TOMAS FABRES BORDEU
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE TOMAS FABRES BORDEU, Notario Público Interino 41ª Notaria de Santiago, domiciliado en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Que con fecha 19 de junio de 2025, Repertorio N° 10.683-2025, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “FRAUMENI Y COMPAÑÍA SOCIEDAD ANÓNIMA”, inscrita a fojas 9.842 número 6.175 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015, celebrada con fecha 15 de abril de 2025, en la que se acordó: A) Rectificar y corregir el artículo segundo transitorio de los estatutos aprobados en la junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 1.10.2020, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 3.11.2020, otorgada en Notaría Jorge Reyes Bessone, inscrito a fojas 83.535 número 40.060 del Registro de Comercio de Santiago del año 2020. Conforme a la rectificación y corrección acordadas, el artículo segundo transitorio queda de la siguiente forma: “El capital de la sociedad es la suma de setecientos cincuenta y tres mil novecientos cuarenta y tres pesos dividido en cien acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado de la siguiente manera: a) FRAUMENI Y DE LA CRUZ LIMITADA suscribe cuarenta acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal por la cantidad de trescientos un mil quinientos setenta y siete pesos pagados con anterioridad en dinero efectivo; b) MARIELA FRAUMENI E HIJAS LIMITADA suscribe sesenta acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, por la cantidad de cuatrocientos cincuenta y dos mil trescientos sesenta y seis pesos pagados con anterioridad en dinero en efectivo”; B) Reemplazar íntegramente el artículo Cuarto referido a la duración de la sociedad, estableciendo lo siguiente: “El plazo de duración será de diez años a contar de la fecha de constitución de la sociedad, los que se renovarán tácitamente por períodos iguales y sucesivos, salvo que la Junta Extraordinaria de Accionistas acuerde lo contrario.”. En todo lo no modificado rigen plenamente los estatutos de la sociedad FRAUMENI Y COMPAÑÍA SOCIEDAD ANÓNIMA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 6 de agosto de 2025.