H&N INGENIERÍA Y FONDEOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de julio de 2025
- Repertorio
- 6388
- Notario
- ante Maria Paz Mardones Villarroel
- Domicilio
- : GUILLERMO ORLANDO NAUDUAM ARRIZAGA
- Comuna
- Puerto
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 19.499.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE SAN MARTIN SCHRÖDER, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Puerto Montt, domiciliado en Urmeneta 478, Puerto Montt, certifico: por escritura pública de fecha 08 de julio de 2025, Repertorio N°6.388, ante Maria Paz Mardones Villarroel, Abogado, Notario Público Suplente: GUILLERMO ORLANDO NAUDUAM ARRIZAGA, domiciliado en Blanco N°60, comuna de Castro; y don TOMÁS BENJAMÍN HINRICHSEN RAMÍREZ, domiciliado en Riquelme N° 550, comuna de Talcahuano; sanearon y modificaron la sociedad de responsabilidad limitada H&N INGENIERÍA Y FONDEOS LIMITADA, en el siguiente sentido: 1.- Saneamiento.- Por escritura pública de fecha 12 de abril de 2025 otorgada en ésta notaria repertorio n°2358, los referidos constituyeron la sociedad H&N INGENIERÍA Y FONDEOS LIMITADA. Un extracto de la misma se inscribió a fojas 259 vta. N° 148del Registro de Comercio de Puerto Montt de 2025 y se publicó en el Diario Oficial edición de fecha 24 de marzo del mismo año. En el extracto inscrito y publicado se cometió, un error al señalar que la sociedad tenía duración indefinida en circunstancias que la escritura de constitución da cuenta que ésta se pactó por el plazo de 5 años, en los términos y condiciones detalladas en la cláusula OCTAVA de los estatutos sociales, existiendo en consecuencia una disconformidad entre la escritura de constitución y su extracto el cual debe ser saneado, disconformidad que las partes sanearon en la referida escritura en los términos de la ley 19.499. 2.- Modificación.- De igual forma las partes modificaron, parcialmente, la cláusula cuarta de los estatutos de la sociedad relativo a la administración de la misma, reemplazando la parte pertinente, por la siguiente: “La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá en forma conjunta a los señores TOMÁS BENJAMÍN HINRICHSEN RAMÍREZ, y GUILLERMO ORLANDO NAUDUAM ARRIZAGA, quienes podrán ser reemplazados en casos de ausencia, respectivamente, por los señores TOMÁS ANTONIO HINRICHSEN RAMÍREZ, cédula nacional de identidad número trece millones novecientos cincuenta y tres mil cuatrocientos once guion cinco, respecto del Sr. Hinrichsen Ramírez, y por don SAMUEL STRIKA AUBA, cédula nacional de identidad número dieciocho millones ochocientos siete mil setecientos sesenta y dos guion dos, respecto del Sr. Strika Auba. La ausencia de uno o más administradores no deberá ser acreditada ante terceros”. En lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en los estatutos sociales. Capital estatutario $30.000.000. Demás estipulaciones escritura extractada. Puerto Montt, 07 de agosto de 2025.-